Nuevo León - Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León - (NL)
Solicitud del día 15/10/2024 a la dependencia Nuevo León - Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León - (NL) del órgano Nuevo León
Descripción¡Hola! Según el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales “El juez no impondrá la prisión preventiva oficiosa y la sustituirá por otra medida cautelar, únicamente cuando lo solicite el Ministerio Público por no resultar proporcional para garantizar la comparecencia del imputado en el proceso, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima y de los testigos o de la comunidad o bien, cuando exista voluntad de las partes para celebrar un acuerdo reparatorio de cumplimiento inmediato, siempre que se trate de alguno de los delitos en los que sea procedente dicha forma de solución alterna del procedimiento”. Por favor, ¿podrían compartirme en cuántos casos ha solicitado el Ministerio Público que no se imponga la prisión preventiva oficiosa con base en este criterio entre 2016 y lo que va de 2024, para cada año? Si es posible, podrían proporcionarme la información desagregada por delito (y por año). También si es posible proporcionarme la información distinguiendo las veces que se solicitó por no resultar proporcional y las veces en las que se solicitó para celebrar un acuerdo reparatorio para el mismo periodo de tiempo. ¡Muchas gracias! Apreciaría si me dan la información en formato de datos abiertos. Respuesta del día29/10/2024Texto de respuestaSe adjunta archivo que contiene oficio mediante el cual se notifica Acuerdo de respuesta a su solicitud de información, así como su anexo. Cualquier duda o aclaración, favor de comunicarse al 81 20204133 y/o 8120204000 ext. 5549.Archivo adjuntoDescargarFolioNL-IP-191841724000620