Nuevo León - Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Nuevo León - (NL)
Solicitud del día 02/11/2023 a la dependencia Nuevo León - Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Nuevo León - (NL) del órgano Nuevo León
DescripciónPor medio del presente ocurso, solicito se me proporcione la información pública que, como respuesta se llegue a generar u otorgar por la Dependencia a su digno cargo; ello con relación al contenido del documento adjunto a esta consulta. Cabe destacar que, la misma deberá ser examinada en todas y cada una de sus partes, incluyendo los vínculos digitales que le remitan adecuadamente a las carpetas respectivas, mismas que almacenan diversa información documental de relevancia, los cuales, se deben analizar a detalle para otorgar la contestación apropiada a la presente solicitud; formulada con fundamento en los artículos 1, 8 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Otros datosAMICUS CURIAE: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2016906 DEBER DE REPRESIÓN: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/163182 DEBER JURÍDICO: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/196503 BUEN GOBIERNO: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2023930 ACTOS DE CORRUPCIÓN: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2017179Respuesta del día30/11/2023Texto de respuestaEstimado ciudadano en respuesta a la solicitud de información a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, con número de folio 1918737223000002, después de ser examinada y analizada la documentación anexada le manifestamos lo siguiente: 1.- Con relación a la tesis aislada: AMICUS CURIAE. SUSTENTO NORMATIVO DEL ANÁLISIS Y CONSIDERACIÓN DE LAS MANIFESTACIONES RELATIVAS EN EL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO. Con número de registro 2016906, de la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Consideramos que es importante que terceros que no tienen legitimación procesal en un litigio puedan de manera voluntaria aportar elementos que puedan ser valorados por el juzgador al momento de dictar su resolución. De esta forma el sindicato podría aportar elementos en un juicio laboral y que pudieran beneficiar a los trabajadores agremiados a nuestra organización. 2.- En cuanto a esta tesis: DEBER DE REPRESIÓN. CORRESPONDE AL ESTADO RESPECTO DE LOS ACTOS COMETIDOS POR SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE CONSTITUYAN MALTRATO EN LA APREHENSIÓN O EN LAS PRISIONES. Es deber del Estado vigilar y sancionar las faltas cometidos por cualquier servidor público y no permitir que se violen los derechos humanos. En nuestro caso, las manifestaciones que hemos realizados por la falta de pago, siempre el Estado ha sido respetuoso y no se han cometido actos en contra de los derechos humanos de la base trabajadora por parte de las autoridades del Estado de Nuevo León. 3.-De la tesis: DEBER JURÍDICO. RESPONSABILIDAD DE QUIEN, TENIÉNDOLO, NO IMPIDE EL HECHO CRIMINOSO, HABIENDO PODIDO HACERLO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA). El deber jurídico conlleva una responsabilidad del sujeto que está presente cuando se comete un acto ilícito, pero para al caso mencionado en esta tesis, el sujeto que está presente no tiene la obligación de ayudar a la víctima al no tener la custodia de la ofendida. Como organización sindical tenemos la obligación de defender a nuestros agremiados siempre y cuando los trabajadores lo soliciten. 4.- Respecto a la tesis: PRESUNTOS ACTOS DE CORRUPCIÓN ADVERTIDOS DEL EXPEDIENTE. EL JUEZ DE AMPARO ESTÁ FACULTADO PARA DAR VISTA OFICIOSAMENTE A LA AUTORIDAD COMPETENTE PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HUBIERA LUGAR. En nuestra opinión como sindicato estamos totalmente de acuerdo en lo que establece esta tesis, ya que nuestra organización sindical siempre se ha caracterizado por evitar actos de corrupción que dañen al Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Nuevo León. 5.- De la tesis: BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. CONSTITUYE UN DERECHO FUNDAMENTAL DE LAS PERSONAS Y UN PRINCIPIO DE ACTUACIÓN PARA LOS PODERES PÚBLICOS (LEGISLACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO) Consideramos importante y necesario que todas la autoridades desempeñen sus labores de manera profesional, ética y aplicando los principios que rigen la función pública, agregando a estos el derecho a la información y la transparencia. Como sindicato consideramos que la transparencia es una forma de darle seguridad y tranquilidad a nuestros agremiados que confían en que su organización sindical está bien dirigida. Esperando que nuestra respuesta sea aceptada por usted, ya que nuestro compromiso es continuar trabajando con transparencia y proporcionando la información solicitada. Sin más por el momento nos despedimos de usted. Atte. SUTCECYTENLArchivo adjuntoDescargarFolioNL-IP-191873723000002