Nuevo León - Secretaría de las Mujeres - (NL)
Solicitud del día 01/11/2024 a la dependencia Nuevo León - Secretaría de las Mujeres - (NL) del órgano Nuevo León
DescripciónSe solicita, del 2020 a octubre de 2024, desglosado por mes y por tipo de conducta, lo siguiente: - ¿Cuántos expedientes se han integrado por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género?; ¿Por qué tipo de conducta se integró (fundamento legal -artículo/fracción y legislación-); - ¿Cuántos expedientes se declaro que se cometió la conducta y existió sanción a la o las personas responsables? - ¿Cuántas medidas de protección y/o precautorias y/o cualquier otra fue otorgada a mujeres que denunciaron violencia política en razón de género? (describir temporalidad de cada medida otorgada); - ¿Cuántas denuncias se han recibido por violencia política en contra de personas integrantes de la comunidad LGBT+? (En caso de resultar existente alguna, señalar la conducta prevista en la ley -con citar ley, artículo y fracción-) - ¿Cuántas, de las denuncias señaladas en el punto anterior, se ha resuelto o determinado la existencia de la conducta y se sanciono a la o las personas responsables? - ¿Cuántas denuncias se han recibido por violencia política en contra de personas discapacitadas? (En caso de resultar existente alguna, señalar la conducta prevista en la ley -con citar ley, artículo y fracción-) - ¿Cuántas, de las denuncias señaladas en el punto anterior, se ha resuelto o determinado la existencia de la conducta y se sanciono a la o las personas responsables? - ¿Cuántas denuncias se han recibido por violencia política en contra de personas integrantes de comunidades indígenas? (En caso de resultar existente alguna, señalar la conducta prevista en la ley -con citar ley, artículo y fracción-) - ¿Cuántas, de las denuncias señaladas en el punto anterior, se ha resuelto o determinado la existencia de la conducta y se sanciono a la o las personas responsables? - ¿Cuántas denuncias se han recibido por violencia política en contra de personas migrantes? (En caso de resultar existente alguna, señalar la conducta prevista en la ley -con citar ley, artículo y fracción-) - ¿Cuántas, de las denuncias señaladas en el punto anterior, se ha resuelto o determinado la existencia de la conducta y se sanciono a la o las personas responsables? - ¿Qué manual de operación y/o protocolo se utiliza para integrar procedimientos en donde se señale como conducta: I. Violencia Política en contra de las Mujeres en Razón de Género; II. Violencia Política en contra de personas integrantes de la comunidad LGBT+; III. Violencia Política en contra de personas discapacitadas; IV. Violencia Política en contra de personas integrantes de comunidades indígenas; y V. Violencia Política en contra de personas migrantes? - ¿Cuentan con alguna unidad especializada y/o personal capacitado para atender y resolver de forma particular los procedimientos en donde se señale como conducta: I. Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género; II. Violencia Política en contra de personas integrantes de la comunidad LGBT+; III. Violencia Política en contra de personas discapacitadas; IV. Violencia Política en contra de personas integrantes de comunidades indígenas; y V. Violencia Política en contra de personas migrantes?Otros datosSólo se solicitan datos estadísticos.Respuesta del día13/11/2024Texto de respuestaSe solicita, del 2020 a octubre de 2024, desglosado por mes y por tipo de conducta, lo siguiente (Datos estadísticos): 1.- ¿Cuántos expedientes se han integrado por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género?; ¿Por qué tipo de conducta se integró (fundamento legal -artículo/fracción y legislación-); Respecto a este punto, se informa que de marzo a la fecha se ha atendido y registrado 1 asunto en el que se brindó orientación legal a una mujer cuya queja consistió en Violencia Política en Razón de Género. Respecto al punto 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 se hace del conocimiento que la Secretaría de las Mujeres no genera la información solicitada, por lo tanto, se recomienda al solicitante dirigir su petición ante la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de Nuevo León en los términos que procedan. Lo anterior de acuerdo al artículo 34 fracción I del Reglamento Interior de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León que a la letra dice “Coordinar y supervisar la legalidad de las adecuaciones de las Unidades de Investigación Especializadas en Delitos Electorales y Agentes de la Policía Ministerial que le estén adscritos, en la integración de carpetas de investigación que se inicien por denuncias por la posible comisión de un delito electoral, vigilando que se cumpla con el respeto a los Derechos Humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los Tratados Internacionales y en la Constitución Política del Estado de Nuevo León” Lo anterior, además atendiendo al siguiente criterio de la INAI: Criterio 13/17 Incompetencia. La incompetencia implica la ausencia de atribuciones del sujeto obligado para poseer la información solicitada; es decir, se trata de una cuestión de derecho, en tanto que no existan facultades para contar con lo requerido; por lo que la incompetencia es una cualidad atribuida al sujeto obligado que la declara. Archivo adjuntoDescargarFolioNL-IP-192732724000068