Nuevo León - Sistema de Parques Públicos de San Pedro Garza García, Nuevo León - (NL)
Solicitud del día 17/10/2024 a la dependencia Nuevo León - Sistema de Parques Públicos de San Pedro Garza García, Nuevo León - (NL) del órgano Nuevo León
DescripciónDe: Cecilia Margarita Moreira Loera <cmoreiraloera@gmail.com> Date: mié, 16 de oct de 2024, 7:33 p. m. Subject: Rufino Tamayo To: <contacto@sanpedroparques.mx> A quién corresponda, Quisiera saber la razón por la cual no se construyó la zona de juegos para infancias en el parque Rufino Tamayo. Hasta hace poco estaba aún anunciada la construcción de la zona. También quisiera saber en qué se gastó el presupuesto asignado, ya que no se terminó el proyecto. Atentamente, Cecilia, vecina de la zona. Respuesta del día31/10/2024Texto de respuestaIV. Análisis Jurídico. Que la solicitud de mérito se analiza de conformidad con los artículos 88, 111, 112, 113 y demás relativos de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León; artículos 6, 7, 8, 32, 33 y demás relativos del Reglamento Orgánico del Sistema de Parques Públicos de San Pedro Garza García, Nuevo León y 1°, 2°, 6, 12, 13, 23, 24, 95, 146, 147, 150, 151, 156, 157, 158, 159 y demás relativos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León. Que, se aplica para atender la solicitud de información el Criterio de Interpretación 03/17, emitido por el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, el cual dicta lo siguiente: Criterio 03/17 No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información. Los artículos 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 130, párrafo cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalan que los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar, de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre. Por lo anterior, los sujetos obligados deben garantizar el derecho de acceso a la información del particular, proporcionando la información con la que cuentan en el formato en que la misma obre en sus archivos; sin necesidad de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información. En ese sentido, se informa lo siguiente: El área a la que Usted solicitante hace referencia corresponde a la obra denominada ÁREA DE JUEGOS EN EL PARQUE RUFINO TAMAYO de Convocatoria Pública: SPP/DG/OP/001/2024, ubicada en av. Rufino Tamayo 100, Corporativo Prodesa, C.P. 66278 en San Pedro Garza García, la cual se encuentra TEMPORALMENTE SUSPENDIDA por cuestiones de impacto social y como consecuencia interés general, toda vez que el inicio de la obra fue en tiempo de la Administración del R. Ayuntamiento de San Pedro Garza García, Nuevo León (2021-2024) y a razón de petición emitida por la Nueva Administración Electa (2024 - 2027), se suspendieron temporalmente los trabajos para revaluar el proyecto. Finalmente, se aclara que el presupuesto participativo asignado al proyecto SPP/DG/OP/001/2024 sigue etiquetado para los mismos fines, toda vez que la obra pública en cita se encuentra temporalmente suspendida. Archivo adjuntoDescargarFolioNL-IP-192830524000028