Nuevo León - Amar a Nuevo León - (NL)
Solicitud del día 18/09/2024 a la dependencia Nuevo León - Amar a Nuevo León - (NL) del órgano Nuevo León
DescripciónSaber sobre cómo se utiliza el dinero que aporta la población a la mejora del trasporte urbano Respuesta del día23/09/2024Texto de respuestaEn principio, es dable mencionar que del artículo 21, fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, en relación con el artículo 13 del Reglamento Interior de las Unidades Administrativas del Poder Ejecutivo Estatal, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el día 14 de enero del 2022, no se desprende alguna obligación delegada a esta unidad para generar, obtener, adquirir o transformar lo solicitado dentro de su solicitud, razón por la cual no obra en posesión de este Sujeto Obligado. Ante ello, se le comunica la imposibilidad jurídica y material para proporcionar la información requerida, al no encuadrar dentro de las facultades de esta dependencia la obligación de guardar o generar dicha documentación. Conforme a ello, y al artículo 161 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, en relación con el artículo 18 de la Ley Orgánica antes mencionada, me permito orientarlo para que emita su solicitud al Instituto de Movilidad y al Sistema de Transporte Colectivo METRORREY, en virtud de que estas son las dependencias encargadas de generar, procesar y archivar la información contenida en su solicitud en conformidad con la regulación aplicable. Archivo adjuntoDescargarFolioNL-IP-192836524000126