Nuevo León - Amar a Nuevo León - (NL)
Solicitud del día 09/11/2024 a la dependencia Nuevo León - Amar a Nuevo León - (NL) del órgano Nuevo León
DescripciónEl dinero utilizado y el dinero que ingresa Respuesta del día13/11/2024Texto de respuestaEn principio, es dable mencionar que del artículo 21, fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, en relación con el artículo 13 del Reglamento Interior de las Unidades Administrativas del Poder Ejecutivo Estatal, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el día 14 de enero del 2022, no se desprende alguna obligación delegada a esta unidad para generar, obtener, adquirir o transformar lo solicitado dentro de su solicitud, razón por la cual no obra en posesión de este Sujeto Obligado. Ante ello, se le comunica la imposibilidad jurídica y material para proporcionar la información requerida, al no encuadrar dentro de las facultades de esta dependencia la obligación de guardar o generar dicha documentación. Conforme a ello, y al artículo 161 de la de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, en relación con el artículo 24 de la Ley Orgánica antes mencionada en relación con los artículos 1, 3 y 14 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, le oriento para que emita su solicitud a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado en virtud de ser la Dependencia encargada de recaudar los ingresos y administrar los fondos y bienes que por cualquier concepto le pertenezcan o tenga derecho a percibir el Estado. Archivo adjuntoDescargarFolioNL-IP-192836524000163