Nuevo León - Centro de Conciliación Laboral del Estado de Nuevo León - (NL)

Solicitud del día 13/11/2024 a la dependencia Nuevo León - Centro de Conciliación Laboral del Estado de Nuevo León - (NL) del órgano Nuevo León

DescripciónMe interesa saber mi historial de trabajos, mi nombre es Rodolfo Lopez VarelasOtros datosRodolfo Lopez VarelasRespuesta del día14/11/2024Texto de respuesta**Favor de consultar los documentos adjuntos** PRIMERO. ATRIBUCIONES. – El artículo 123, apartado “A” fracción XX párrafo segundo de nuestra Constitución Federal decreta que: “Antes de acudir a los tribunales laborales, los trabajadores y patrones deberán asistir a la instancia conciliatoria correspondiente. En el orden local, la función conciliatoria estará a cargo de los Centros de Conciliación, especializados e imparciales que se instituyan en las entidades federativas. Dichos centros tendrán personalidad jurídica y patrimonio propios. Contarán con plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión. Se regirán por los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y publicidad. Su integración y funcionamiento se determinará en las leyes locales.”; entre las facultades en materia laboral que le fueron conferidas a este Centro de Conciliación Laboral del Estado de Nuevo León, se destacan las siguientes determinadas por nuestra Ley Orgánica, en su artículo siete: I. Ofrecer el servicio de conciliación entre los trabajadores y los patrones, antes de acudir a los juzgados laborales del orden local, de acuerdo con los artículos 123, apartado A fracción XX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 63 fracción LXIII último párrafo y 85 fracción XXII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, y 590-E y 590-F de la Ley Federal del Trabajo. II. Recibir solicitudes de conciliación de los trabajadores y/o patrones para su trámite. III. Celebrar convenios entre las partes del conflicto laboral, de conformidad con la Ley Federal del Trabajo, los cuales deberán hacerse por escrito y contener una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y de los derechos comprendidos en él. IV. Expedir las constancias de no conciliación. V. Expedir copias certificadas de los convenios laborales que celebren en el procedimiento de conciliación, así como de los documentos que obren en los expedientes que se encuentren en los archivos del Centro. […] De lo anterior se puede sintetizar en que al Centro de Conciliación Laboral del Estado de Nuevo León únicamente compete realizar la función conciliatoria para resolver y atender los conflictos laborales suscitados entre trabajadores y patrones, así como celebrar convenios en caso de llegar a un arreglo satisfactorio entre las partes involucradas. SEGUNDO. ORIENTACIÓN. – Este Sujeto Obligado no guarda ni realiza ningún registro relativo al historial de trabajos que llevan los trabajadores ni tampoco cuenta con ningún listado o registro de las empresas que existen, pues únicamente compete ofrecer el servicio de conciliación prejudicial para resolver conflictos entre patrones y trabajadores. En caso de que sea de su interés, posiblemente puede acudir ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y verificar la información correspondiente a sus semanas cotizadas, lo cual podría ser más aproximado a lo que podría estar buscando. Así mismo, si es de utilidad, se puede consultar en la siguiente página del Instituto Mexicano del Seguro Social las semanas cotizadas https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/semanascotizadas-web/usuarios/IngresoAsegurado por lo que puede ser que contemple la información que se solicitó. Archivo adjuntoDescargarFolioNL-IP-192920624000055

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaPor notoria incompetenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaCopia certificadaFecha limite de respuesta28/11/2024Fecha solicitud término14/11/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deNuevo LeónSector de la dependenciaPoder Ejecutivo