Oaxaca - TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE OAXACA - (OAX)
Solicitud del día 08/02/2024 a la dependencia Oaxaca - TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE OAXACA - (OAX) del órgano Oaxaca
Descripción• Solicito se me proporcione detalladamente el proceso, las rutas, los pasos, así como los tiempos establecidos en la ley, para la inscripción de los candidatos a diputados locales por la vía de mayoría relativa, para el proceso electoral 2024 en el Estado. Fundamentando con claridad cada uno de los pasos a seguir. • Solicito se me proporcione el domicilio convencional o legal de los consejos distritales locales para el proceso ordinario de elecciones 2024. • Solicito se me proporcione el nombre de todos los integrantes, de los 25 consejos distritales electorales en el Estado. • Solicito se me proporcione la cantidad por concepto de tope de gastos de campañas para la elección de diputados por la vía de mayoría relativa en el Estado. • Solicito se me remita todos los formatos necesarios para la inscripción de aspirantes a diputados locales por la vía de mayoría relativa. • Solicito se me remita todo lo necesario para inscribir a un aspirante a diputado local por la vía de mayoría relativa. Respuesta del día09/02/2024Texto de respuestaOficio número: TEEO/UT/22/2024. Asunto: Se emite contestación. Oaxaca de Juárez, Oaxaca, 09 de febrero de 2024. C. Fernando Ortiz Chavez. El que suscribe Licenciado Pascual Rios Vásquez, Titular de la Unidad de Transparencia, del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, párrafo décimo segundo, y 114 Bis, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en relación con los artículos 1, 2, párrafo primero; 6, fracción I; 7, fracción VI, y 123, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, manifiesto lo siguiente: En contestación a su solicitud de acceso a la información, recibida vía Plataforma Nacional de Transparencia, con número de folio 201173024000009, consistente en diversa información relacionada en su petición. Al respecto, me permito hacerle de su conocimiento que el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, es un órgano especializado, autónomo en su funcionamiento e independiente en sus decisiones, es la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral del Estado de Oaxaca y tiene, entre otras, la atribución de conocer de los recursos y medios de impugnación que se interpongan respecto de las elecciones de Gobernador del Estado, Diputados y Concejales de los Ayuntamientos por los regímenes de partidos políticos y de sistemas normativos indígenas, así como, de todas las demás controversias que determine la ley respectiva, por lo que, de manera respetuosa, se le hace de su conocimiento que este órgano jurisdiccional no es competente y no cuenta con la información y documentación contenida en su petición; lo anterior, toda vez que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1 y 32, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en relación con el artículo 25, apartado A, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, en coordinación con el Instituto Nacional Electoral, en el ámbito de sus respectivas competencias, tiene entre otras, la facultad de organizar, desarrollar, vigilar y calificar las elecciones locales, así como lo relacionado a los Consejos Distritales; lo anterior, para los efectos legales correspondientes. Sin otro asunto en particular, y una vez solventada su solicitud, no me resta más que enviarle un cordial saludo.Archivo adjuntoDescargarFolioOAX-IP-201173024000009