Oaxaca - SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN - (OAX)

Solicitud del día 11/06/2024 a la dependencia Oaxaca - SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN - (OAX) del órgano Oaxaca

DescripciónSolicito de las siguientes entidades: Sistema de Universidades del Estado de Oaxaca Universidad Tecnológica de la Mixteca Universidad del Mar Universidad del Istmo Universidad del Papaloapan Universidad de la sierra sur Universidad de la sierra Juárez Universidad de la Cañada Nova Universitos Universidad de la Costa Universidad de Chalcatongo Solicito la información siguiente: De la primera aplicación que se debió de realizar entre 2018 y 2020 de la NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención. 1. Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y, además, de las evaluaciones del entorno organizacional; derivados de la primera aplicación de la nom 035 stps . 2. Las medidas de control adoptadas cuando el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y evaluación del entorno organizacional lo señale, 3. Los nombres de los trabajadores a los que se les practicaron los exámenes o evaluaciones clínicas y que se comprobó la exposición a factores de riesgo psicosocial, a actos de violencia laboral o acontecimientos traumáticos severos. 4. Dictamen de los resultados de la NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención, firmado por quien realizo la aplicación de la NOM, así como su cedula profesional y firma. 5. Monto pagado para que realizaran la aplicación de la NOM 035 de la STPS 2018, y los datos de licitación para los servicios, o las minutas del grupo de trabajo interno que realizo las aplicación , así como nombre de los integrantes y cedulas profesionales. 6. Acta de concejo o dirección u órgano máximo de gobierno donde se da a conocer los resultados de la aplicación de la NOM 035 7. Acta de concejo o dirección u órgano máximo de gobierno donde se autorizan las medidas de control adoptadas cuando el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y evaluación del entorno organizacional 8. Oficio donde se manifiesta que la NOM fue aplicada y se tomaron las medidas de control y corrección , firmada por la máxima autoridad de la entidad. Para un cumplimiento adecuado de la obligación de transparencia solicito sean enviados los documentos escaneados por la plataforma de transparencia. Solicito que no se entreguen por medio de links, que pueden ser susceptibles de modificarse. Otros datosCon fundamento en el artículo 3° de la LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE OAXACA que establece: “ARTÍCULO 3. En el ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los asuntos del orden administrativo, el Poder Ejecutivo del Estado, contará con la Administración Pública Estatal, que se regirá por la presente Ley y las demás disposiciones legales aplicables, y se organizará conforme a lo siguiente: I. Administración Pública Centralizada: Integrada por la Jefatura de Gabinete, Gubernatura, Secretarías de Despacho, Consejería Jurídica y de Asistencia Legal del Estado y la Dirección General del Instituto de Planeación para el Bienestar, así como por los órganos auxiliares, las unidades administrativas que dependan directamente del Gobernador del Estado y los órganos desconcentrados, a todas estas áreas administrativas se les denominará genéricamente como Dependencias; (Reforma según Decreto No 1189 PPOE Extra de fecha12-03-2020) (Reforma según Decreto No. 730 PPOE Extra de fecha 30-11-2022) (Reforma según Decreto No. 1080 PPOE Extra de fecha 29-03-2023) II. II. La Administración Pública Paraestatal: Integrada por Organismos Descentralizados, Empresas de Participación Estatal, Fideicomisos Públicos, así como, por las Entidades Auxiliares del Ejecutivo Estatal, integrándose éstas por los Consejos, Comisiones, Comités, Juntas, Patronatos y aquellas instituciones que por su naturaleza no estén comprendidas dentro de la Administración Pública Centralizada, a las que genéricamente se les denominará como Entidades, estarán reguladas por sus leyes, decretos de creación y reglamentos respectivos; y III. III. Los Órganos Auxiliares realizan una función diferenciada, específica y de responsabilidad directa; como Unidades Responsables, les son aplicables los sistemas de organización, comunicación, coordinación, planeación, programación, control y evaluación de actividades contemplados en esta Ley Orgánica y en específico, los reglamentos, lineamientos y demás normatividad que expidan las instancias normativas, y la que por la naturaleza de sus actividades y materia de su competencia, les sea impuesta por los diversos ordenamientos normativos. (Reforma según Decreto No. 1073 PPOE Segunda Sección de 10-03-12) Y en las fracciones I, II, III, IV V del artículo 46 del anteriormente citado ordenamiento “ARTÍCULO 46. A la Secretaría de Administración le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: (Adición según Decreto No. 1822 PPOE Extra de 27-12-12) I. Normar y controlar la administración del capital humano, recursos materiales, tecnológicos y servicios de apoyo de la Administración Pública Estatal; II. Aplicar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales, convenios y contratos que rijan las relaciones laborales entre el Gobierno del Estado y sus trabajadores; III. Establecer una estrecha comunicación y coordinación con las organizaciones sindicales de los trabajadores al servicio del Gobierno del Estado a efecto de fortalecer las relaciones laborales; IV. Formular los objetivos, procedimientos y mecanismos aplicables para la administración del personal al servicio del Poder Ejecutivo; IV. Normar, aplicar y administrar lo referente a sueldos y salarios de los trabajadores al servicio del Poder Ejecutivo; VI. Expedir los nombramientos y tramitar las remociones, renuncias, licencias y jubilaciones de los trabajadores de la Administración Pública Estatal. (Reforma según Decreto No. 2071 PPOE Extra de 8-11-13) Revocar los nombramientos de los empleados de la Administración Pública Estatal, por causas justificadas, conforme a los lineamientos que marcan las leyes y normas aplicables, Así como el artículo 31 del reglamento interno de la secretaria de administración. Respuesta del día14/06/2024Texto de respuestaEn relación a la solicitud de folio número 201181324000076, recibida por medio del Sistema Electrónico de la Plataforma Nacional de Transparencia de la Secretaría de Administración, la Unidad de Transparencia, realizó un análisis correspondiente a la información solicitada, así como a la normatividad aplicable a dicha materia para dar respuesta oportuna y eficaz al solicitante de referencia; por tal razón, tengo a bien anexar el acuerdo al presente.Archivo adjuntoDescargarFolioOAX-IP-201181324000076

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaDocumenta la respuesta en medio electrónicoTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta26/06/2024Fecha solicitud término14/06/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deOaxacaSector de la dependenciaPoder Ejecutivo