Oaxaca - SECRETARÍA DE HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y FUNCIÓN PUBLICA - (OAX)
Solicitud del día 12/04/2024 a la dependencia Oaxaca - SECRETARÍA DE HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y FUNCIÓN PUBLICA - (OAX) del órgano Oaxaca
Descripción1. ¿Cuáles son los ordenamientos que regulan a los depósitos vehiculares (corralones) en el estado? 2. ¿Cuál o cuáles son las autoridades que se encargan de regular a los depósitos vehiculares en dicha entidad? 3. ¿Cuántos y cuál es el nombre (razón o denominación social) de los depósitos vehiculares concesionados que operan en el estado? Respuesta del día22/04/2024Texto de respuestaC. SOLICITANTE. P R E S E N T E. En atención a la solicitud de acceso a la información presentada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, identificada con el número de folio 201181824000074, en donde solicita la siguiente información: “1. ¿Cuáles son los ordenamientos que regulan a los depósitos vehiculares (corralones) en el estado? 2. ¿Cuál o cuáles son las autoridades que se encargan de regular a los depósitos vehiculares en dicha entidad? 3. ¿Cuántos y cuál es el nombre (razón o denominación social) de los depósitos vehiculares concesionados que operan en el estado?” En atención a lo solicitado, le informo que el objeto de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), es establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de los sujetos obligados; asimismo, establece que toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados es pública y accesible a cualquier persona en los términos y condiciones que se establezcan en la Ley, en ese contexto la SHTFP, únicamente se puede pronunciar por la que es de su competencia. En ese sentido esta Secretaría otorga acceso a los documentos que estén obligados a generar y que se encuentran en sus archivos de acuerdo a las facultades, competencias y atribuciones que le compete, es decir que solo puede considerarse como información que pueda solicitarse aquella que documente en el ejercicio de las funciones otorgadas por la normatividad aplicable. De ahí que esta Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública, no cuenta con la información que solicita. En atención a lo anterior con fundamento en los artículos 123 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, se le orienta dirigir su petición a la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, instancia facultada para proporcionar la información requerida, para tal efecto le proporciono la siguiente información: Responsable de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, Lic. Gerardo Martín Cruz Morales, con domicilio en: Calle Belisario Domínguez, número 428, Colonia reforma, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, Código Postal: 68050, número telefónico 9515015045, ext. 39114, correo electrónico: ssp.ut@sspo.gob.mx; horario de Atención: lunes a viernes de 09:00 a 16:00 horas. De igual manera, se hace del conocimiento al solicitante que, en contra de la presente respuesta, podrá interponer por sí o a través de su representante legal, el recurso de revisión previsto en los artículos 142 y 143 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 137, 138, 139 y 140 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, para el efecto de hacer valer lo que a su derecho convenga, mismo que podrá presentar a través del Sistema de Medios de Impugnación de Información Pública y Datos Personales de la Plataforma Nacional de Transparencia en la siguiente referencia digital: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/mi o bien ante el órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, ubicado en calle Almendros número 122, Colonia Reforma, C.P. 68050, Oaxaca de Juárez, Oaxaca; o bien, ante la Unidad de Transparencia de esta Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1° y 6°, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 y 90 fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 1,2,3 fracción I, 27 fracción XII y 45 fracción LII, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 1, 4, 7, 19, 23, 25, 47, 125, 132 y 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública;Archivo adjuntoDescargarFolioOAX-IP-201181824000074