Oaxaca - SECRETARÍA DE HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y FUNCIÓN PUBLICA - (OAX)

Solicitud del día 13/08/2024 a la dependencia Oaxaca - SECRETARÍA DE HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y FUNCIÓN PUBLICA - (OAX) del órgano Oaxaca

DescripciónYA MOSTRAMOS PRUEBAS DE COMO LA RATERA LADRONA CORRUPTA DIANA KARINA HODICH TOLEDO SE FUE DE VIAJE A PUNTA CANA AHORA COMO QUIERE ESCONDERSE POR SUS DELITOS LES MOSTRAMOS SU RED SOCIAL COMO LA VA DESAPARECIENDO DEBIDO A QUE EL ODIO DEL PUEBLO QUE A DONDE VA ES SEÑALADA DE LADRONA, CORRUPTA Y RATERA. LA JUSTICIA VA A LLEGAR, SI NO TIENE QUE ESCONDER DE LA CARA Y CALLE A TODOS, PERO NO PUEDE SE FUE DE VIAJE DEL 01 DE AGOSTO AL 10 DE AGOSTO FUERA DEL PAIS CON DINERO ROBADO AL ESPOSO Y A LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE A TRAVES DE CONTRATOS ACORDADOS CON LA SECRETARIA COOMO EL QUE TIENE CON SU ASISTENTE GLADYS COMO PRESTANOMBRES Y DEMAS CORRUPCION Y ROBO, NO SE PODRA ESCONDER SUBSECRETARIA LADRONA Y CORRPUTARespuesta del día13/08/2024Texto de respuestaC. SOLICITANTE. P R E S E N T E. En atención a la solicitud de acceso a la información presentada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, identificada con el número de folio 201181824000134, por la que solicita diversa información. Por medio del presente, le informo que el objeto de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), es establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de los sujetos obligados; asimismo, establece que toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados es pública y accesible a cualquier persona en los términos y condiciones que se establezcan en la Ley, en ese contexto la Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública, únicamente se puede pronunciar por la que es de su competencia, conforme a lo establecido por la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, específicamente en los artículos 129 y 131, que citan lo siguiente: Artículo 129. Los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los Documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones en el formato en que el solicitante manifieste, de entre aquellos formatos existentes, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre así lo permita… Artículo 131. Las Unidades de Transparencia deberán garantizar que las solicitudes se turnen a todas las Áreas competentes que cuenten con la información o deban tenerla de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones, con el objeto de que realicen una búsqueda exhaustiva y razonable de la información solicitada. Derivado de lo anterior esta Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública, no está obligada a dar respuesta, por no solicitar información respecto de sus facultades y atribuciones, ya que la presente solicitud es ofensiva y reiterativa, con fundamento en el artículo 128, en los párrafos IV y V, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (Última Reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, el 20 de enero de 2024), que citan lo siguiente: “Artículo 128. La obligación de dar acceso a la información... Conforme a lo anterior, las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados no estarán obligados a dar trámite a solicitudes ofensivas o reiterativas. (ADICIONADO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2023) Se entenderá por solicitudes ofensivas aquellas que, contrario a solicitar información de carácter público, utilicen lenguaje lesivo o palabras altisonantes que pretenda afectar, vulnerar o menospreciar a las y los servidores públicos del sujeto obligado. Así mismo, se entenderá por reiterativas las solicitudes que hayan entregado información sustancialmente idéntica como respuesta a una solicitud de la misma persona” En caso de que conozca de hechos contrarios a derecho o de presuntas irregularidades cometidas por servidores públicos, puede acudir a la Dirección de Quejas, Denuncias e Investigación, y presentar la denuncia correspondiente, en las oficinas ubicadas en el Edificio 3 “Andrés Henestrosa”, Nivel 3, Ciudad Administrativa, número telefónico 9515015000, extensión 10479, o en la siguiente liga:https://www.oaxaca.gob.mx/honestidad/formato-de-queja-y-o-denuncia/ Sin más por el momento reciba un cordial saludo. A T E N T A M E N T E. LIC. CARLOS ALBERTO DEHEZA FIGUEROA. DIRECTOR DE TRANSPARENCIA, ÉTICA E INTEGRIDAD PÚBLICA.Archivo adjuntoDescargarFolioOAX-IP-201181824000134

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaDocumenta la respuesta en medio electrónicoTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaCopia certificadaFecha limite de respuesta27/08/2024Fecha solicitud término13/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deOaxacaSector de la dependenciaPoder Ejecutivo