Oaxaca - SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA - (OAX)
Solicitud del día 10/07/2024 a la dependencia Oaxaca - SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA - (OAX) del órgano Oaxaca
Descripción1.-Solicito conocer de cuánto es el recurso económico que destina el Gobierno del Estado para la operación o colaboración de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas o cualquier comisión u organismo que mantenga como principio la búsqueda de personas desaparecidas en la entidad. 2.- Favor de enumerar cada una de las comisiones, organizaciones, asociaciones o cualquier organismo que se conozca en el estado, y que se encarguen de la búsqueda de personas desaparecidas. A la par, favor de considerar de qué manera ayuda el gobierno estatal a estas organizaciones. 3.- ¿Cuántas personas desaparecidas se registraron en el estado durante cada uno de los años de 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y lo que va de este 2024? 4.- ¿Hay alguna ley o normativa estatal que se dirija a la atención ante la búsqueda y desaparición de personas? De ser así, favor de enumerar la normativa que se contenga en el estado de Guanajuato, y compartir los links o documentos con cada una de estas leyes, reglamentos o normativa en general. Respuesta del día15/07/2024Texto de respuestaAl respecto, me permito informar a usted, que la información solicitada la información solicitada NO ES COMPETENCIA DE ESTA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA, debido a que la materia sobre la que versa la misma, no corresponde a las atribuciones, facultades y obligaciones conferidas en el marco jurídico que regula la actuación de esta Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, establecidas en los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 21 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 27 fracción II y 35 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, 45 fracción XXIV, 46 de Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Oaxaca; 1, 2, 5, 10 fracciones I y V del Reglamento Interno de la Secretaría de Seguridad Pública. Por lo que respecta a los puntos 1 y 2, la información solicitada es competencia de la Secretaría de Finanzas del estado de Oaxaca. En atención a los puntos 3 y 4, el sujeto responsable de proporcionar la información es la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, en términos de lo dispuesto en los artículos El artículo 21 párrafos primero, segundo y noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3,4,5 fracciones I y V de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del estado de OaxacaArchivo adjuntoDescargarFolioOAX-IP-201182124000128