Oaxaca - SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA - (OAX)
Solicitud del día 21/10/2024 a la dependencia Oaxaca - SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA - (OAX) del órgano Oaxaca
DescripciónEn atención a lo señalado en la Recomendación 35/2021 de la CNDH, por este medio solicito atentamente se me informe lo siguiente: 1.- ¿Dentro del Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el año 2024 se incluyó una partida presupuestaria específica para la adquisición de productos de gestión menstrual para las mujeres privadas de la libertad? En caso de que la respuesta sea positiva, ¿cuál fue el monto asignado? En caso de que la respuesta sea negativa, ¿se considero dentro de otra partida presupuestaria? 2.- ¿se ha llevado a cabo el estudio sobre la viabilidad de la incorporación de copas menstruales dentro de los centros penitenciarios existentes en el Estado? 3.- ¿Se ha llevado a cabo el programa de atención a la salud de la gestión menstrual de la mujer dentro de los centros penitenciarios existentes dentro del Estado? En caso de que la respuesta sea afirmativa, ¿cada cuando se han llevado a cabo? 4.-¿Se han implementado cursos de capacitación al personal de seguridad y custodia y médicos de los establecimientos penitenciarios femeniles con el objeto de que conozcan la importancia y relevancia del respeto al acceso a una gestión menstrual digna y actúen en un marco de respeto hacia con las mujeres privadas de la libertad?Respuesta del día23/10/2024Texto de respuestaAl respecto, me permito informar a usted, que la información solicitada NO ES COMPETENCIA DE ESTA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA, debido a que la materia sobre la que versa la misma, no corresponde a las atribuciones, facultades y obligaciones conferidas en el marco jurídico que regula la actuación de esta Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, establecidas en los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 21 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 27 fracción II y 35 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, 45 fracción XXIV, 1, 46 de Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Oaxaca; 1, 2, 5, 10 fracción I del Reglamento Interno de la Secretaría de Seguridad Pública. El artículo 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, dispone: Artículo 1.- El Estado de Oaxaca es multiétnico, pluricultural y multilingüe, parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, libre y soberano en todo lo que concierne a su régimen interior. Por su parte los artículos 1 y 2 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Oaxaca, establecen lo siguiente: Artículo 1.- La presente Ley es de orden público e interés social, de observancia general en el estado de Oaxaca, y tiene por objeto establecer y desarrollar las bases de aplicación del Sistema Estatal de Seguridad Pública, y de coordinación entre el Estado y los Municipios y regular la función de la seguridad pública. Artículo 2.- La seguridad pública es una función a cargo del Estado y de los Municipios, que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos y comprende la prevención especial y general de los delitos, la investigación y persecución para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas, y la reinserción social de las personas, en términos de esta Ley, en las respectivas competencias establecidas en las Constituciones Federal y Estatal. De la transcripción de los artículos descritos en líneas anteriores se establece fehacientemente que el ordenamiento legal que rige la actuación de este sujeto obligado, se circunscribe al territorio del estado de Oaxaca como parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que no es competente para dar atención a su solicitud de información toda vez que en la misma se requiere información del estado de Baja California, mismo que es libre y soberano es su régimen interior de conformidad con el artículo 4 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California. Archivo adjuntoDescargarFolioOAX-IP-201182124000209