Oaxaca - SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE OAXACA - (OAX)

Solicitud del día 13/12/2023 a la dependencia Oaxaca - SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE OAXACA - (OAX) del órgano Oaxaca

DescripciónBuenas tardes. En relación a la orientación que nos otorgó el sujeto obligado denominado Coordinación de Comunicación Social, nos permitimos remitir la siguiente solicitud de información por tratarse de su competencia. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 establece lo siguiente: - la propaganda bajo cualquier modalidad de comunicación social que difundan como tales los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente, de los tres órdenes de gobierno; deberán tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social, en ningún caso, esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público. La Constitución Política de nuestro estado también lo establece en su artículo 137. En este mismo ordenamiento legal, en su artículo 2 último párrafo, estatuye que - el Poder Público y su Representantes solo pueden hacer lo que la Ley les autoriza, y deben hacer, lo que la Ley les ordena...- Bajo estos fundamentos legales, por distintos rumbos de la ciudad se encuentran promocionales con la imagen de la ciudadana Irma Bolaños Quijano, Presidenta Honoraria del DIF Oaxaca, CONTRAVINIENDO la Constitución Política del estado y la Carta Magna. En este sentido solicitamos la siguiente información pública: PRIMERO. Qué dependencia o entidad es la responsable de la comunicación social de la Presidenta Honoraria del DIF Oaxaca. SEGUNDO. Servidor o servidora pública que tiene la responsabilidad de generar los anuncios espectaculares de la presidenta honoraria del DIF Oaxaca. TERCERO. Si esta institución vigila o no, que se cumpla la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos y la constitución política del estado de Oaxaca sobre la promoción de servidores públicos, si la respuesta es afirmativa,solicitamos la justificación de los anuncios espectaculares en varias partes del estado de Oaxaca. Protestamos lo necesario. Respuesta del día12/01/2024Texto de respuestaESTIMADO (A) SOLICITANTE: En atención a su solicitud de información presentada mediante la Plataforma Nacional de Transparencia, registrada con el número de folio 201182723000115, con fundamento en el artículo 6° apartado A, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 3° de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca,45 fracción V de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 126 y 132 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, me permito dar contestación en tiempo y forma respecto de lo solicitado, mediante oficio de contestación anexo.Archivo adjuntoDescargarFolioOAX-IP-201182723000115

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaDocumenta la respuesta en medio electrónicoTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta12/01/2024Fecha solicitud término12/01/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deOaxacaSector de la dependenciaPoder Ejecutivo