Oaxaca - SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE, BIODIVERSIDAD, ENERGÍAS Y SOSTENIBILIDAD

Solicitud del día 15/03/2024 a la dependencia Oaxaca - SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE, BIODIVERSIDAD, ENERGÍAS Y SOSTENIBILIDAD del órgano Oaxaca

DescripciónQue esa H. Secretaría informe lo siguiente: 1. La existencia de la Autorización en Materia de Impacto Ambiental y/o Manifestación de Impacto Ambiental, respecto del Centro Integralmente Planeado Huatulco (CIP Huatulco), ubicado en el Municipio de Santa María Huatulco, Oaxaca; 2. En caso de que exista la Autorización en Materia de Impacto Ambiental y/o Manifestación de Impacto Ambiental señalada en el punto inmediato anterior, proporcione, a través de esta Plataforma, copia de la misma, incluso en su versión pública; 3. Proporcione un listado de las Autorizaciones en Materia de Impacto Ambiental y/o Manifestaciones de Impacto Ambiental otorgadas a proyectos, desarrollos o inmuebles en específico en el Municipio de Santa María Huatulco, Oaxaca; 4. La existencia de la Autorización en Materia de Impacto Ambiental y/o Manifestación de Impacto Ambiental respecto de la construcción y/o operación del campo de golf conocido como "Tangolunda", ubicado en el Municipio de Santa María Huatulco, Oaxaca; 5. En caso de que existan la(s) Autorización(es) en Materia de Impacto Ambiental y/o Manifestación(es) de Impacto Ambiental señaladas en el punto inmediato anterior, proporcione, a través de esta Plataforma, copia de la(s) misma(s), incluso en su versión pública. Expuesto lo anterior, atentamente solicito a esas H. Secretarías proporcionar la información y documentos descritos en el presente escrito, dentro del plazo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Otros datosEn términos de la Ley General del Equilibrio Ecológico, esa H. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales es competente para otorgar la autorización en materia de impacto ambiental, entre otros, a los desarrollos inmobiliarios que afecten los sistemas costeros, entre los que se incluyen los campos de golf (Artículo 5 inciso Q) del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental), razón por la cual, en caso de que existan la información y documentos solicitados, esa H. Secretaría los debe tener en sus expedientes. Respuesta del día09/04/2024Texto de respuestaEstimado solicitante: Sírvase encontrar anexa la Resolución número 038 de fecha 9 de abril de 2024, por medio de la cual la Unidad de Transparencia, le comunica la respuesta a la solicitud de información con folio 201472724000030Archivo adjuntoDescargarFolioOAX-IP-201472724000030

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaDocumenta la respuesta en medio electrónicoTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta09/04/2024Fecha solicitud término09/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deOaxacaSector de la dependenciaPoder Ejecutivo