Oaxaca - SECRETARÍA EJECUTIVA DEL SISTEMA ESTATAL DE COMBATE A LA CORRUPCIÓN - (OAX)
Solicitud del día 08/01/2024 a la dependencia Oaxaca - SECRETARÍA EJECUTIVA DEL SISTEMA ESTATAL DE COMBATE A LA CORRUPCIÓN - (OAX) del órgano Oaxaca
DescripciónExplique ¿porqué la Universidad del Istmo tiene todavía impartiendo docencia frente a grupos a Israel Flores Sandoval, Cora Silvia Bonilla y Ulises Gaytán Casas? violadores de derechos humanos teniendo como referencia la recomendación 204-4 expedida por la Defensoría de los Derechos de los Pueblos de Oaxaca el 25 de noviembre de 2021 y el fallo emitido por la Sala Constitucional y la Cuarta Sala Penal Colegiada del Poder Judicial del Estado de Oaxaca al juicio para la protección de los derechos humanos 02/2022 Respuesta del día12/01/2024Texto de respuestaC. SOLICITANTE PRESENTE. En atención a la solicitud de Acceso a la Información, con número de folio 202017724000003, presentada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, por la que solicita información a esta Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción, la siguiente información: ¿ Explique ¿porqué la Universidad del Istmo tiene todavía impartiendo docencia frente a grupos a Israel Flores Sandoval, Cora Silvia Bonilla y Ulises Gaytán Casas? violadores de derechos humanos teniendo como referencia la recomendación 204-4 expedida por la Defensoría de los Derechos de los Pueblos de Oaxaca el 25 de noviembre de 2021 y el fallo emitido por la Sala Constitucional y la Cuarta Sala Penal Colegiada del Poder Judicial del Estado de Oaxaca al juicio para la protección de los derechos humanos 02/2022?” En atención a lo solicitado, hago de su conocimiento que la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción, no cuenta con facultades para conocer sobre la recomendación 204-4 expedida por la Defensoría de los Derechos de los Pueblos de Oaxaca el 25 de noviembre de 2021 y el fallo emitido por la Sala Constitucional y la Cuarta Sala Penal Colegiada del Poder Judicial del Estado de Oaxaca al juicio para la protección de los derechos humanos 02/2022, por lo que de conformidad con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) es establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión, de los sujetos obligados; asimismo, establece que toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados es pública y accesible a cualquier persona en los términos y condiciones que se establezcan en la Ley, en ese contexto, esta Secretaría únicamente se puede pronunciar por la que es de su competencia, dar acceso a los documentos que estén obligados a generar y que se encuentran en sus archivos de acuerdo a las facultades, competencias y atribuciones que le compete, es decir que sólo puede considerarse como información que pueda solicitarse aquella que documente en el ejercicio de las funciones otorgadas por la normatividad aplicable, razón por la cual esta Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción, no cuenta con la información, ya que no es la Instancia que regula a los Municipios, respecto del órgano interno de control, Contraloría Interna Municipal o Comisión de Transparencia, Acceso a la Información y Rendición de Cuentas. La Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción, no cuenta con esta información, por lo que deberá dirigir su solicitud a: La Unidad de Transparencia de la Universidad del Istmo, con domicilio en Carretera Ixtepec a Chihuitan, Kilometro 1.5, Sin número, Ciudad Ixtepec, Oaxaca, número telefónico 9717127050, extensión 221, en horario de lunes a viernes de 8:00-14:00 y 16:00-19:00 horas, correo electrónico enlace@bianni.unistmo.edu.mx Titular de la Unidad de Transparencia: Eva Elena Ramírez Gasga Habilitados Celia Cirila Alcalá Gutiérrez y Rosa Elba López Antonio. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1º y 6º apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 y 90 fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 1, 2, 3 fracción I, 27 fracción XII y 45 fracción LII, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 1, 4, 7, 19, 23, 25, 45 fracción II, IV y V, 125, 132 y 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 2, 3, 4, 5, 7 fracción I, 9, 10, 11, 54, 68, 69, 70 y 71, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca vigente. Sin más, por el momento reciba un cordial saludo. A T E N T A M E N T E LIC. MARÍA DE JESÚS GARCÍA ESTRADA TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIAArchivo adjuntoDescargarFolioOAX-IP-202017724000003