Puebla - Universidad Tecnológica de Tehuacán - (PUE)
Solicitud del día 09/07/2024 a la dependencia Puebla - Universidad Tecnológica de Tehuacán - (PUE) del órgano Puebla
DescripciónBuen día, de acuerdo al artículo 6 Constitucional, la Ley general de transparencia y acceso a la información pública, ley general del sistema nacional anticorrupción, ley de transparencia y acceso a la información pública del estado de puebla, Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Puebla, y demás legislación aplicable solicito a usted la siguiente información de funcionarios de loa Universidad Tecnológica de Tehuacán: 1- Curriculum vitae del o la Directora o Encargada de la Dirección de Extensión Universitaria 2- Curriculum vitae del o la Directora de Vinculación 3- Trayectoria profesional de cada uno de los anteriores servidores públicos 4- visto bueno de la oficina del gobernador Sergio Salomón Céspedes para ocupar las direcciones de Extensión Universitaria y de Vinculación. 5- Acta, minuta de trabajo, certificación, testimonio o cualquier otro donde se establezca el trabajo colegiado y concurrente entre representantes del gobierno federal y estatal para ocupar las vacantes de las direcciones de Extensión Universitaria y de Vinculación, como lo establece el artículo 49 fracción XIV de la Ley General de Educación Superior Esto con la finalidad de dar a conocer a la comunidad estudiantil, docentes, administrativos, sector privado, productivo, la sociedad de Tehuacán y su región; la calidad de servidores públicos que representan a la Universidad Tecnológica de Tehuacán. No omito mencionar el Artículo 6 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) que enuncia: El Estado garantizará el efectivo acceso de toda persona a la información en posesión de cualquier entidad, autoridad, órgano y organismo de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos; así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito de la Federación, de las Entidades Federativas y los municipios. Por tanto, solicito expresamente que no se recurra a la negación de la entrega de información u ocultamiento de datos (testado) bajo el argumento de la Protección de Datos Personales, dado que la solicitud hace referencia a personas físicas como servidores públicos que se les remuneran a través de recursos públicos. Finalmente, se le solicita a este Sujeto Obligado, en caso de que no pueda entregar la información en formato electrónico por cualquier vía –no necesariamente a través de la Plataforma Nacional de Transparencia–, la exención del pago por las fojas que resulten, en caso de que la única vía para su entrega sea en copias.Respuesta del día21/08/2024Texto de respuestaDe conformidad con los artículos I, 4 fracción XX, del Decreto que Crea la Universidad Tecnológica de Tehuacán; 2 fracción I, 16 fracciones I, IV y XXII, 150, 151 fracción II, 156 fracciones II y IV y 162 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, se anexa respuesta detallada.Archivo adjuntoDescargarFolioPUE-IP-210424924000031