Puebla - H. Ayuntamiento de Puebla - (PUE)
Solicitud del día 07/10/2024 a la dependencia Puebla - H. Ayuntamiento de Puebla - (PUE) del órgano Puebla
DescripciónSolicito que se me informe el número de personas que acudieron al Sistema DIF Municipal para solicitar ayuda por ser víctimas de violencia del 1 de enero del 2018 hasta 30 de septiembre del 2024 desglosado por sexo, edad, colonia donde vive, mes y año, de esta información quiero que se me informe lo siguiente: • Tipo de atención que solicitó la personas que llegaron a la dependencia (psicológica, jurídica), desglosado por mes en cada uno de los años solicitados • Número de personas que llegaron con menores de edad a esta dependencia y que tipo de servicio se les otorgó, desglosado por mes en cada uno de los años solicitados • El número de demandas legales que esta dependencia ayudó a presentar, cuantas procedieron legalmente, cuantas personas desistieron de seguir con el proceso y cuantas fueron desechadas por ser improcedentes, desglosado por mes en cada uno de los años solicitados Lo anterior de en un documento de excelRespuesta del día06/11/2024Texto de respuestaH. Puebla de Zaragoza, a 06 de noviembre del 2024 ASUNTO: Respuesta a folio 210437024001190 ESTIMADO SOLICITANTE P R E S E N T E Con fundamento en los artículos 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 12 fracción VII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 2 fracción V, 3, 12 fracción VI, 16, fracciones I y IV, 142, 144, 145, 146, 150, 152, 156 fracción IV, 158, 162 y 165 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, y 11 fracción XXV del Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia y Municipio Abierto del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y del Comité Ciudadano para la Transparencia y Municipio Abierto, en relación a la solicitud de información folio 210425324001190, y a la fecha de la misma me permito informar lo siguiente: “Solicito que se me informe el número de personas que acudieron al Sistema DIF Municipal para solicitar ayuda por ser víctimas de violencia del 1 de enero del 2018 hasta 30 de septiembre del 2024 desglosado por sexo, edad, colonia donde vive, mes y año, de esta información quiero que se me informe lo siguiente: • Tipo de atención que solicitó la personas que llegaron a la dependencia (psicológica, jurídica), desglosado por mes en cada uno de los años solicitados Lo anterior de en un documento de Excel” En relación a lo anterior, se adjunta al presente anexo único en formato Excel xlsx. integrado por 3 hojas, mismo atiende a su requerimiento. • El número de demandas legales que esta dependencia ayudó a presentar, cuantas procedieron legalmente, cuantas personas desistieron de seguir con el proceso y cuantas fueron desechadas por ser improcedentes, desglosado por mes en cada uno de los años solicitados Al respecto, si bien se otorga el servicio de acompañamiento en la presentación de las denuncias, este sujeto obligado no es competente para presentar demandas legales o actuar en representación de los usuarios y usuarias en el supuesto mencionado. Por lo que, no se han presentado denuncias ya que quien la presenta de manera directa, es la víctima de violencia, sin embargo, en el formato adjunto se puede observar si los y las usuarias requirieron del acompañamiento en la Fiscalia General del Estado de Puebla para presentar sus denuncias. • Número de personas que llegaron con menores de edad a esta dependencia y que tipo de servicio se les otorgó, desglosado por mes en cada uno de los años solicitados Derivado de lo anterior, me permito informar que, del 1 de enero del 2018 al 30 de septiembre del 2024, se recibieron 53 mujeres acompañadas de niñas, niños y/o adolescentes, quienes ingresaron al Refugio Temporal de Atención y recibieron los siguientes servicios: Por último, no existe la obligación de generar un documento Adhoc, derivado del criterio 3/17 establecido por el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI), que a la letra señala: “…No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información. Los artículos 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 130, párrafo cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalan que los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar, de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre. Por lo anterior, los sujetos obligados deben garantizar el derecho de acceso a la información del particular, proporcionando la información con la que cuentan en el formato en que la misma obre en sus archivos; sin necesidad de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información…”. ver anexo Archivo adjuntoDescargarFolioPUE-IP-210437024001190