Puebla - H. Ayuntamiento de Puebla - (PUE)
Solicitud del día 18/10/2024 a la dependencia Puebla - H. Ayuntamiento de Puebla - (PUE) del órgano Puebla
DescripciónPor medio de la presente, solicito una base de datos (en formato abierto como xls o cvs.) con la información de incidencia delictiva o reporte de incidentes, eventos o cualquier registro o documento con el que cuente el sujeto obligado que contenga la siguiente información: • TIPO DE INCIDENTE; es decir hechos presuntamente constitutivos de delito que encuadren o se homologuen con los tipos penales establecidos a continuación: Homicidio Feminicidio Lesiones Robo a casa habitación Robo de vehículo Robo a transeúnte en vía pública Robo a transeúnte en espacio abierto al público Robo a transportista Robo en transporte público individual Robo en transporte público colectivo Robo en transporte individual Robo de autopartes Daño a la propiedad Despojo Secuestro con calidad de rehén Secuestro exprés Secuestro para causar daño Violación simple Violación equiparada Violencia familiar. • HORA DEL INCIDENTE O EVENTO • FECHA ( dd/mm/aaaa) DEL INCIDENTE O EVENTO • LUGAR DEL INCIDENTE O EVENTO • UBICACIÓN DEL INCIDENTE O EVENTO • LAS COORDENADAS GEOGRÁFICAS DEL INCIDENTE O EVENTO. ESTABLECIDAS EN LA SECCIÓN “LUGAR DE LA INTERVENCIÓN” DEL INFORME POLICIAL HOMOLOGADO PARA 1) HECHOS PROBABLEMENTE DELICTIVOS O PARA 2) JUSTICIA CÍVICA SEGÚN CORRESPONDA AL TIPO DE INCIDENTE. Solicito explícitamente que la información se encuentre desglosada y particularizada, por lo que cada hecho o incidente debe contener su hora, fecha, lugar, ubicación y coordenadas geográficas que le corresponde.Requiero se proporcione la información correspondiente del primero de enero del año 2018 a la fecha de la presente solicitud. Me permito mencionar que aun cuando existe información pública relacionada a la de mi solicitud en la página e información que se proporciona por el Secretariado Ejecutivo Del Sistema Nacional De Seguridad Publica, la contenida en la misma no se encuentra desglosada con el detalle con la que un servidor está solicitando, principalmente por lo que se refiere a la georreferencia y coordenada del incidente o evento. Por lo que solicito verifiquen en sus bases de datos la información solicitada y me sea proporcionada en el formato solicitado.La información que solicito no puede ser considerada información confidencial en virtud de que no estoy solicitando ningún dato personal. Si la base de datos en la que se encuentra la información relaciona la misma con un dato personal, solicito que los datos personales sean eliminados o, en su defecto, se me proporcione una versión pública de dichos documentos.La información que solicito no puede ser considerada reservada, en tanto no encuadra en ninguna de las causales señaladas en la normatividad aplicable ya que no supera la prueba de daño que el sujeto debe realizar para demostrar que su publicación afectaría en algún modo en las funciones del sujeto obligado o sus integrantes. Para mayor referencia se hace de su conocimiento que dicha información es pública y se proporciona de manera permanente por otros sujetos obligados del país, por ejemplo las instancias de seguridad de la Ciudad de México. Lo cual puede ser corroborado en el siguiente sitio: https://datos.cdmx.gob.mx/dataset/?groups=justicia-y-seguridad Otros datosFundamento mi solicitud en la funciones y atribuciones del sujeto obligado, así como las particulares de las áreas señaladas: Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, artículos 5, fracción X, 41 fracciones I y II, y 43. Ley Nacional del Registro de Detenciones, artículos 18, 20 y 21 párrafo I. Código Nacional de Procedimientos Penales, artículos 51 y 132 fracción XIV. Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para el llenado, entrega, recepción, registro, resguardo y consulta del Informe Policial Homologado. Publicado el 20/02/2020. Respuesta del día23/10/2024Texto de respuestaAl respecto, le informo que este Sujeto Obligado es notoriamente incompetente para dar respuesta a su solicitud, con fundamento en los artículos 6 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12 fracción VII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 16 fracciones I y IV, 151 fracción I, 156 fracción I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, 78 y 78 BIS de la Ley Orgánica Municipal; así como 11 fracción XXV del Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia y Municipio Abierto del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y del Comité Ciudadano para la Transparencia y Municipio Abierto. En dicho contexto y tomando en consideración la literalidad de su solicitud se sugiere que la remita al Consejo Estatal de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública del Estado de Puebla, de conformidad con los artículos 4 y 7 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad; a la Secretaría de Seguridad Publica del Gobierno del Estado, de acuerdo al artículo 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla y, por último a la Fiscalía General del Estado de Puebla, de conformidad con los artículos 8 y 9 de su Ley Orgánica. Por lo que respecta a la primera parte de su solicitud, me permito informarle que el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, define como: “INCIDENCIA DELICTIVA: la presunta ocurrencia de delitos registrados en averiguaciones previas iniciadas o carpetas de investigación, reportadas por las Procuradurías de Justicias y Fiscalías Generales de las Entidades Federativas en el caso del fuero común y por la Fiscalía General de la República en el fuero federal”, en correlación con el artículo 86 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, el cual establece que; la Fiscalía General del Estado de Puebla; deberá publicar, difundir y mantener actualizada y accesible, la información siguiente: Estadísticas de incidencia delictiva, de acuerdo con la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y Estadísticas sobre el número de investigaciones iniciadas." Asimismo, se le comunica que, la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla, a través del Centro de Control, Comando, Coordinación, Comunicaciones, Cómputo e Inteligencia (C5i), el cual se encuentra a cargo de un coordinador general que dependerá directamente de la Subsecretaría de Inteligencia e Investigación el cual tiene la facultad de supervisar y coordinar la operación y administración de los Centros de Atención a Llamadas de Emergencias que conforman el C5i, así como de las tecnologías de información y telecomunicaciones, para el apoyo y coordinación de los tres órdenes de gobierno en materia de seguridad pública; y atender, analizar y procesar la información derivada de los sistemas de atención de llamadas de emergencias, sistema de denuncia anónima, reportes policiales y demás fuentes relacionadas, así como generar los informes respectivos, de acuerdo a lo ordenado en los artículos; 54 fracciones I, III, XIII y 55 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del estado de Puebla. De igual forma, a través de la de la Dirección General de Análisis Criminal, mantendrá actualizados los sistemas de información estadística referente a la incidencia delictiva geo-referenciada, para la atención del fenómeno delincuencial en el Estado, en coordinación con las áreas competentes de la Secretaría, de acuerdo con lo ordenado en el artículo 47 fracción VI del ordenamiento antes mencionado. Se adjunta al presente, archivo pdf con la información requeridaArchivo adjuntoDescargarFolioPUE-IP-210437024001234