Puebla - H. Ayuntamiento de San Andrés Cholula - (PUE)

Solicitud del día 03/09/2024 a la dependencia Puebla - H. Ayuntamiento de San Andrés Cholula - (PUE) del órgano Puebla

DescripciónMe permito solicitar en formato excel el listado de los establecimientos con giro comercial: bar, y cabaret del padrón de establecimientos con licencia de funcionamiento del municipio (Nombre de propietario, nombre de establecimiento, domicilio, fecha de inicio de operaciones, giro comercial y horario de funcionamiento)Respuesta del día17/09/2024Texto de respuestaSAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA; A 17 DE SEPTIEMBRE DE 2024 ESTIMADO SOLICITANTE P R E S E N T E Con fundamento por lo dispuesto en los artículos 16 fracciones I y IV y 17 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, y en atención a su solicitud de acceso a la información con número de folio 210437424000317 recibida a través de la Plataforma SISAI 2.0, por medio de la cual se solicita la siguiente información: Me permito solicitar en formato excel el listado de los establecimientos con giro comercial: bar, y cabaret del padrón de establecimientos con licencia de funcionamiento del municipio (Nombre de propietario, nombre de establecimiento, domicilio, fecha de inicio de operaciones, giro comercial y horario de funcionamiento) Derivado de lo anterior, me permito informarle que de conformidad con los artículos 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 17 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla (LTAIPEP), las Unidades de Transparencia deberán garantizar que las solicitudes se turnen a todas las Áreas competentes que cuenten con la información o deban tenerla de acuerdo con sus facultades, competencias y funciones, con el objeto de que realicen una búsqueda exhaustiva y razonable de la información solicitada, razón por la cual su solicitud fue turnada a la Secretaría de Gobernación de este H. Ayuntamiento de San Andrés Cholula, quien remite la información solicitada en archivo adjunto. Respecto al nombre del propietario, se informa lo siguiente: Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, establece en su artículo 134 fracción I que se considera información confidencial la que contiene datos personales concernientes a una persona física identificada o identificable. Por otra parte, el artículo 5 fracciones VIII y IX de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Puebla, establece lo siguiente: “Artículo 5. Para los efectos de la presente Ley se entiende por: (…) VIII. Datos Personales: Cualquier información concerniente a una persona física identificada o identificable expresada en forma numérica, alfabética, alfanumérica, gráfica, fotográfica, acústica o en cualquier otro formato. Se considera que una persona es identificable cuando su identidad puede determinarse directa o indirectamente a través de cualquier información, siempre y cuando esto no requiera plazos, medios o actividades desproporcionadas; IX. Datos Personales Sensibles: Aquéllos que se refieren a la esfera más íntima de su Titular, o cuya utilización indebida pueda dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para éste. Se consideran sensibles, de manera enunciativa mas no limitativa, los Datos Personales que puedan revelar aspectos como origen racial o étnico, estado de salud pasado, presente o futuro, creencias religiosas, filosóficas y morales, opiniones políticas, datos genéticos o datos biométricos; …” Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, en su artículo 116 determina que el acceso a la información pública sólo será restringido mediante las figuras de información reservada e información confidencial. Que, en la misma lógica, el artículo 135 de la referida Ley de Transparencia señala que la información confidencial no estará sujeta a temporalidad alguna y sólo podrán tener acceso a ella los titulares de la misma, sus representantes y los servidores públicos facultados para ello. Por causa de las razones anteriores, comunico que la información referente al nombre del propietario, se considera información confidencial al tratarse datos personales; por lo tanto, solo tendrá acceso a esa información el titular de la misma, sus representantes y los servidores públicos facultados para ello. ATENTAMENTE UNIDAD DE TRANSPARENCIA H. AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRÉS CHOLULAArchivo adjuntoDescargarFolioPUE-IP-210437424000317

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación vía SISAITipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta02/10/2024Fecha solicitud término17/09/2024Órgano autónomo responsable, del Estado dePueblaSector de la dependenciaAyuntamientos