Puebla - H. Ayuntamiento de San Andrés Cholula - (PUE)
Solicitud del día 07/10/2024 a la dependencia Puebla - H. Ayuntamiento de San Andrés Cholula - (PUE) del órgano Puebla
DescripciónSolicito saber cuánto recaudó el ayuntamiento por concepto de predial entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de septiembre de 2024 desglosando el monto por mes, código postal y colonia Solicito que la información se comparta en un documento de Excel Respuesta del día24/10/2024Texto de respuesta ASUNTO: RESPUESTA A SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN FOLIO 210437424000351 SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA; A 24 DE OCTUBRE DE 2024 ESTIMADO SOLICITANTE P R E S E N T E Con fundamento por lo dispuesto en los artículos 16 fracciones I y IV y 17 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, y en atención a su solicitud de acceso a la información con número de folio 210437424000351 recibida a través de la Plataforma SISAI 2.0, por medio de la cual se solicita la siguiente información: Solicito saber cuánto recaudó el ayuntamiento por concepto de predial entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de septiembre de 2024 desglosando el monto por mes, código postal y colonia Solicito que la información se comparta en un documento de Excel Derivado de lo anterior, me permito informarle que de conformidad con los artículos 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 17 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla (LTAIPEP), las Unidades de Transparencia deberán garantizar que las solicitudes se turnen a todas las Áreas competentes que cuenten con la información o deban tenerla de acuerdo con sus facultades, competencias y funciones, con el objeto de que realicen una búsqueda exhaustiva y razonable de la información solicitada, razón por la cual su solicitud fue turnada a la Tesorería Municipal de este H. Ayuntamiento de San Andrés Cholula, quien informa lo siguiente: Se remite el desglose de la información solicitada en archivo digital en formato Excel. No se omite señalar que la información se entrega bajo el criterio de colonia, ya que, en nuestro sistema no cuenta con el campo de código postal. Esto a la luz del Criterio de Interpretación para Sujetos Obligados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI), Clave de Control: SO/003/2017 y que versa de la siguiente manera: “No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información. Los artículos 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 130, párrafo cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalan que los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar, de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre. Por lo anterior, los sujetos obligados deben garantizar el derecho de acceso a la información del particular, proporcionando la información con la que cuentan en el formato en que la misma obre en sus archivos; sin necesidad de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información”. Sin más por el momento, le reitero la seguridad de mi más distinguida consideración. ATENTAMENTE UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRÉS CHOLULAArchivo adjuntoDescargarFolioPUE-IP-210437424000351