Puebla - H. Ayuntamiento de San Andrés Cholula - (PUE)
Solicitud del día 08/10/2024 a la dependencia Puebla - H. Ayuntamiento de San Andrés Cholula - (PUE) del órgano Puebla
DescripciónSolicito vía electrónica copia de las licencias de funcionamiento de todos los bares, cantinas, antros, table dance que funcionan en todo el municipio y juntas auxiliares de San Andrés Cholula.Respuesta del día16/10/2024Texto de respuestaSAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA; A 16 DE OCTUBRE DE 2024 ASUNTO: PREVENCIÓN A SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN FOLIO 210437424000388 ESTIMADO SOLICITANTE P R E S E N T E Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 2 fracción V, 10 fracción I, 15, 16 fracciones I y VI, 142, 143, 146, 148 y 150 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, y en atención a su solicitud de acceso a la información recibida a través de la Plataforma SISAI 2.0 con número de folio electrónico 210437424000388, a través de la cual solicita la siguiente información: Solicito vía electrónica copia de las licencias de funcionamiento de todos los bares, cantinas, antros, table dance que funcionan en todo el municipio y juntas auxiliares de San Andrés Cholula. Al respecto le informo que el artículo 149 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla establece lo siguiente: ARTÍCULO 149. Cuando los detalles proporcionados para localizar los documentos resulten imprecisos, insuficientes, incompletos o sean erróneos, la Unidad de Transparencia podrá requerir al solicitante, por una sola vez y dentro de un plazo que no podrá exceder de cinco días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud, para que, en un término de hasta diez días hábiles, indique otros elementos o corrija los datos proporcionados o bien, precise uno o varios requerimientos de información. Este requerimiento interrumpirá el plazo de respuesta de la solicitud de acceso a la información, por lo que comenzará a computarse nuevamente al día hábil siguiente del desahogo por parte del particular. En este caso, el sujeto obligado atenderá la solicitud en los términos en que fue desahogado el requerimiento de información adicional. La solicitud se tendrá por no presentada cuando los solicitantes no atiendan el requerimiento de información adicional. En el caso de requerimientos parciales no desahogados, se tendrá por presentada la solicitud por lo que respecta a los contenidos de información que no formaron parte del requerimiento. Derivado de lo anterior, se notifica prevención a efecto de precisar el ejercicio fiscal o periodo del cual requiere la información solicitada. Lo anterior con la finalidad de identificar correctamente la información solicitada. Sin más por el momento, le reitero la seguridad de mi más distinguida consideración. ATENTAMENTE UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRÉS CHOLULAArchivo adjuntoDescargarFolioPUE-IP-210437424000388