Puebla - Ejecutivo del Estado - (PUE)
Solicitud del día 28/10/2024 a la dependencia Puebla - Ejecutivo del Estado - (PUE) del órgano Puebla
Descripción* La presente solicitud de información es para el Registro Público de la Propiedad de Puebla y se hace a través del ejecutivo del Estado por no encontrarse dicha institución en la lista. ** Favor de consultar la nota periodística como referencia: https://www.elsoldepuebla.com.mx/local/ciudad-modelo-imposible-comprar-o-vender-viviendas-por-conflicto-legal-del-agua-12766279.html Favor de informar lo siguiente: 1. ¿Qué ley(es) y articulo(s) impiden vender o comprar una propiedad o registrar las escrituras en el Registro Público de la Propiedad que tengan adeudo involuntario de agua potable, como es el caso del polígono de Ciudad Modelo? 2. ¿Cuántas operaciones de compra-venta o registro de escrituras se han rechazado de Enero del 2020 a la fecha en el Registro Público de la Propiedad de Tepeaca por tener adeudo involuntario de agua potable en el polígono de Ciudad Modelo? 3. ¿Cuántas operaciones de compra-venta o registro de escrituras se han aceptado de Enero del 2020 a la fecha en el Registro Público de la Propiedad de Tepeaca a pesar de tener adeudo de agua potable en el polígono de Ciudad Modelo? 4. En el caso de Ciudad Modelo, en donde hasta la fecha, técnicamente todos los propietarios de vivienda y con contrato vigente de servicio de agua potable tienen adeudo involuntario de este servicio. ¿Hay algún mecanismo legal que permita llevar a cabo la operación de compra-venta o registro de escrituras en el Registro Público de la Propiedad en Tepeaca a pesar de tener un adeudo involuntario de agua potable en Ciudad Modelo? Por ejemplo, que el adeudo se herede mediante la firma de un acuerdo de adeudo de agua entre comprador y vendedor. Otros datosnota periodística: https://www.elsoldepuebla.com.mx/local/ciudad-modelo-imposible-comprar-o-vender-viviendas-por-conflicto-legal-del-agua-12766279.htmlRespuesta del día31/10/2024Texto de respuestaSolicitante de Información Presente Con fundamento en los artículos 2 fracción I, 12 fracción VI, 16 fracciones I, IV, VIII y X, 151 fracción I y 156 fracción I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 1, segundo párrafo, 21, fracción IX, y 22, fracción XXVIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 11, fracción XXX y 32, fracción XXVIII, del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Estado de Puebla, y en atención a la solicitud de acceso a la información con número de folio 211200124000257, se anexa la notoria incompetencia con orientación. Sin otro particular, reciba un cordial saludo. ATENTAMENTE UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA OFICINA DEL GOBERNADORArchivo adjuntoDescargarFolioPUE-IP-211200124000257