Puebla - Comité Estatal de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de Puebla - (PUE)

Solicitud del día 22/08/2024 a la dependencia Puebla - Comité Estatal de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de Puebla - (PUE) del órgano Puebla

DescripciónDe acuerdo con el artículo 6 inciso A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra señala: Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones … Asimismo, se cita el artículo 6 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que a la letra señala: El Estado garantizará el efectivo acceso de toda persona a la información en posesión de cualquier entidad, autoridad, órgano y organismo de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos; así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito de la Federación, de las Entidades Federativas y los municipios. Por lo que solicito la siguiente información: 1- Copia Certificada del Acta, minuta de trabajo, certificación, testimonio o cualquier otro donde se establezca el trabajo colegiado y concurrente entre representantes del gobierno federal y estatal para la DESIGNACIÓN de la C. Rubani Denice Morales Álvarez, Rectora de la Universidad Tecnológica de Tehuacán, como lo establece el artículo 49 fracción XIV de la Ley General de Educación Superior. 2- Copia Certificada del ACUERDO del Cabildo del Ayuntamiento de Huejotzingo, Puebla, donde se establezca la LICENCIA como Regidora de Ciencia y Tecnología del Ayuntamiento de Huejotzingo del Estado de Puebla, para poder ocupar el cargo de Rectora de la Universidad Tecnológica de Tehuacán. Respecto a esta pregunta NO PUEDE SER ORIENTADA derivado de que es un requisito indispensable para ocupar el cargo de Rectora y que ustedes debieron conocer de dicho Acuerdo con anticipación para que fuera nombrada Rectora el pasado 02 de mayo de 2024, ya que con esa fecha probablemente era uncionaria pública. En caso de que no fuera así, se incurría a un impedimento notable para la designación como rectora de acuerdo a lo que establece la fracción VI del artículo 12 del Decreto de Creación de la Universidad Tecnológica de Tehuacán. 3- En caso de no contar con el ACUERDO del Cabildo del Ayuntamiento de Huejotzingo, Puebla, donde se establezca la LICENCIA como Regidora de Ciencia y Tecnología del Ayuntamiento de Huejotzingo del Estado de Puebla, e incurrir en el impedimento notable para la designación como rectora de acuerdo a lo que establece la fracción VI del artículo 12 del Decreto de Creación de la Universidad Tecnológica de Tehuacán. Solicito la justificación, misma que será objeto de integración para presentar la denuncia correspondiente en contra del C. Charbel Jorge Estefan Chidiac, Secretario de Educación; C. Miguel Ángel Fernández Pérez, Subsecretario de Educación y C. Minerva Ramírez Hernández, Directora de Asuntos Jurídicos de la SEP. por el delito de Tráfico de Influencias, en su apartado II que a la letra señala: … y aprovechándose del empleo, cargo o comisión que desempeñe, ante la propia dependencia donde presta sus servicios o ante cualquier otra Autoridad, gestione para obtener una resolución favorable a sus intereses o los de un tercero. Asimismo, las quejas ante la Comisión de Derechos Humanos y la Secretaría de la Función Pública.Respuesta del día27/08/2024Texto de respuestaDistinguido Usuario: En respuesta a su solicitud de información número 212391724000021, se adjunta documento informativo. Atentamente, Unidad de TransparenciaArchivo adjuntoDescargarFolioPUE-IP-212391724000021

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación de notoria incompetencia con orientaciónTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta20/09/2024Fecha solicitud término27/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado dePueblaSector de la dependenciaPersonas Morales