Puebla - Universidad de la Salud del Estado de Puebla - (PUE)
Solicitud del día 13/07/2024 a la dependencia Puebla - Universidad de la Salud del Estado de Puebla - (PUE) del órgano Puebla
DescripciónSolicito saber que programas tienen sus dependencias para beneficio de migrantes poblanos al extranjero y sus lugares de origenRespuesta del día18/07/2024Texto de respuestaAl respecto, con fundamento en los artículos 22 fracción II, 16 fracciones I y V, 151 fracción I, 156 fracción I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 1 y 4 del Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que se crea el Organismo Público Descentralizado denominado “Universidad de la Salud”, sectorizado a la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tendrá vocación social y se enfocará a cubrir las necesidades educativas del nivel superior en materia de salud, mediante planes y programas de estudio de calidad, innovadores y con pertinencia sociocultural, enfocados a la protección de la salud, individual, familiar y comunitaria, le informo que el sujeto obligado denominado “Universidad de la Salud”, no es competente, debido a que no tiene dentro de sus facultades y atribuciones poseer, generar registros de desplazamientos y/o compra de medicamentos y material de curación a nivel estatal, o el establecimiento y conducción de la política Estatal en materia de Salud. Asimismo, se informa que, conforme a los criterios de interpretación emitidos por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, específicamente el número SO/002/2020 y que a la letra dice: “Declaración de incompetencia por parte del Comité, cuando no sea notoria o manifiesta. Cuando la normatividad que prevé las atribuciones del sujeto obligado no sea clara en delimitar su competencia respecto a lo requerido por la persona solicitante y resulte necesario efectuar un análisis mayor para determinar la incompetencia, ésta debe ser declarada por el Comité de Transparencia”. Este sujeto obligado carece de atribuciones para poseer la información solicitada; es decir, se trata de una cuestión de derecho, en tanto que no existan facultades para contar con lo requerido; por lo que la incompetencia es una cualidad atribuida al sujeto obligado que la declara. Por lo anterior, hago de su conocimiento que dicha incompetencia fue declarada mediante la Décima Quinta Sesión Ordinaria del Comité de Transparencia, misma que tuvo verificativo el 17 de julio del 2024. De conformidad a los artículos 3 fracción I y II y 4 fracción I del Decreto del Honorable Congreso del Estado por el que se crea la Coordinación Estatal de Asuntos Internacionales y de apoyo a Migrantes Poblanos, como un Organismo Público Descentralizado, al Instituto Poblano de Asistencia al Migrante le corresponde, establecer una coordinación permanente con el Gobierno Federal y en especial con la Secretaría de Relaciones Exteriores, el Instituto de los Mexicanos en el Exterior, y el Instituto Nacional de Migración, para aprovechar la amplia integración interinstitucional que presentan los distintos programas y acciones establecidos por las mencionadas instancias, así como para optimizar los esfuerzos que sobre la materia realice el Estado, en beneficio de poblanos en el extranjero; se sugiere dirigir su solicitud de acceso a la información a la Unidad de Transparencia del Instituto Poblano de Asistencia al Migrante, cuyos datos se comparten a continuación: Instituto Poblano de Asistencia al Migrante Domicilio: Boulevard Atlixcayotl No. 1101 Edificio Ejecutivo, Segundo Piso, Colonia Concepción las Lajas Puebla. Pue. Teléfono: 22230346000 ext. 3306 y 33008 Horario de atención: 9:00 a 18:00 horas de lunes a viernes. Correo electrónico Oficial: unidaddetransparencia@ipam-puebla.com.mx O bien, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia https://www.plataformadetransparencia.org.mx Por último, se hace de su conocimiento que con fundamento en los artículos 169 y 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, se señalan las causas por las que usted, puede recurrir la respuesta proporcionada.Archivo adjuntoDescargarFolioPUE-IP-212611924000054