Puebla - Universidad de la Salud del Estado de Puebla - (PUE)

Solicitud del día 29/10/2024 a la dependencia Puebla - Universidad de la Salud del Estado de Puebla - (PUE) del órgano Puebla

DescripciónSolicito saber si hay grupos de experimentación en México para encontrar mejores tratamientos y/o una cura del Alzheimer y otras demencias y qué se necesita para ingresar a ellos. Respuesta del día01/11/2024Texto de respuestaAl respecto, con fundamento en los artículos 22 fracción II, 16 fracciones I y V, 151 fracción I, 156 fracción I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 1 y 4 del Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que se crea el Organismo Público Descentralizado denominado “Universidad de la Salud”, sectorizado a la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual tendrá vocación social y se enfocará a cubrir las necesidades educativas del nivel superior en materia de salud, mediante planes y programas de estudio de calidad, innovadores y con pertinencia sociocultural, enfocados a la protección de la salud, individual, familiar y comunitaria, le informo que el sujeto obligado denominado “Universidad de la Salud”, no es competente, debido a que no tiene dentro de sus facultades establecer políticas generales en materia de salud, ni de desarrollar el Programa Sectorial de Salud, ni de realizar acciones de prevención de enfermedades y promoción a la salud, así como de vigilancia epidemiológica, en los términos que establezca la Ley General de Salud. Asimismo, se informa que, conforme a los criterios de interpretación emitidos por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, específicamente el número SO/002/2020 y que a la letra dice: “Declaración de incompetencia por parte del Comité, cuando no sea notoria o manifiesta. Cuando la normatividad que prevé las atribuciones del sujeto obligado no sea clara en delimitar su competencia respecto a lo requerido por la persona solicitante y resulte necesario efectuar un análisis mayor para determinar la incompetencia, ésta debe ser declarada por el Comité de Transparencia”. Este sujeto obligado carece de atribuciones para poseer la información solicitada; es decir, se trata de una cuestión de derecho, en tanto que no existan facultades para contar con lo requerido; por lo que la incompetencia es una cualidad atribuida al sujeto obligado que la declara. Por lo anterior, hago de su conocimiento que dicha incompetencia fue declarada mediante la Vigésima cuarta Sesión Ordinaria del Comité de Transparencia, misma que tuvo verificativo el 31 de octubre del 2024. De conformidad al artículo 4 fracciones I, II, III, IV, V, y VI, del Decreto por el que se crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), le corresponde a este Instituto, realizar las acciones de prevención de enfermedades y promoción de salud, realizar acciones de salud pública y otorgar asistencia médica, servicios de salud ambulatorios y hospitalarios, medicamentos y otros insumos asociados a la población objetivo a través de sus unidades de salud y hospitales; Integrar e implementar estrategias de participación comunitaria y búsqueda proactiva poblacional para la mejora de la salud de la población objetivo, a través de los mecanismos de organización comunitaria; participar en las acciones en materia de servicios de salud para la población objetivo, que implemente la Administración Pública Federal; e integrar una plantilla de profesionales, técnicos y auxiliares de la salud, quienes cuenten con una formación del más alto nivel; se sugiere dirigir su solicitud de acceso a la información a la Unidad de Transparencia de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) cuyos datos se comparten a continuación: Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) Domicilio: Calle Gustavo E Campa No. 54 Colonia Guadalupe In Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México. Teléfono: 5591608100 Horario de atención: 9:00 a 15:00 y 17:00 a 19:00 horas de lunes a viernes Correo electrónico: transparencia.opd@imssbienestar.gob.mx O bien, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia https://www.platArchivo adjuntoDescargarFolioPUE-IP-212611924000087

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación de notoria incompetencia con orientaciónTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta27/11/2024Fecha solicitud término01/11/2024Órgano autónomo responsable, del Estado dePueblaSector de la dependenciaPoder Ejecutivo