Querétaro - Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro - (QRO)

Solicitud del día 16/02/2024 a la dependencia Querétaro - Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro - (QRO) del órgano Querétaro

DescripciónEsta Unidad de Transparencia del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, recibe a través del correo electrónico, el 16 de febrero de 2024, la siguiente solicitud de información: Señor Juez Sexto de Distrito de la Ciudad de México, en el amparo 22/2024 presentado por el suscrito y tramitado por Usted en su Juzgado, bien sabe que la actual Secretaria de Gobernación le mintió a la cara, ello al decirle que su correo electrónico: secretario@segob.gob.mx, no está habilitado y que supuestamente yo tengo que acreditar que el mismo funciona y demás incoherencias, pareciera que yo soy la autoridad que tiene funciones, facultades, obligaciones, responsabilidades y atribuciones en general, que ahora yo debo acreditar mil cosas, acreditar su trabajo y sus deberes pues tal y como lo manifeste en la demanda, el correo electrónico lo obtuve de la Plataforma Nacional de Transparencia, dónde se supone que los datos son verídicos y confiables. Pero en fin. Me parece maravillosa la idea que tuvo la brillante secretaria por cuánto a qué en el 2025 el pueblo sabio votemos por todos las personas juzgadoras, debo decir que en verdad la idea es alucinante, pues el actual Poder Judicial de la Federación, estancado, débil, patético, soberbio, pero desestimado, ya no funciona, todos Ustedes son el calor ejemplo de la pequeño que se volvió dicho poder, tanto así que no vasto con quitarle los fideicomiso, ahora se van a desaparecer de Ustedes. Por lo anterior, debo decir muy respetuosamente que me tiene sin el más mínimo de los cuidados seguir dandole impulso a los juicios de amparo que promoví, pues ninguno me sirvió o me dió justicia, siendo tan inútiles como sus determinación; cabe decir que de encontrar Usted estás palabras tendenciosas y provocativas o llamativas a una confrontación, pues de igual forma me tiene sin la más mínima preocupación, pues así como ví irse sus fideicomiso, así los veré irse a ustedes y llegar más jueces como la Ministra Lenia Batres Guadarrama, tal vez hasta yo me postule como Juez, si es que no me matan primero. No cabe duda que avanza muy rápido la transformación de México al punto de ser irreal lo que estamos viviendo, solo mire como está todo el actual estado de derecho violentado; pero retomando el tema, en dicho amparo Usted sabe que la Autoridad le mintió a la cara Luisa María Alcalde Lujan literalmente se burlo de usted y con mucho respeto, le vio la cara de idiota, cuestión que yo no lo digo, y mucho menos lo hago con el ánimo de ofender, pero si le manifiesto que al momento dictar sentencia definitiva, si deja pasar de largo ese hecho, pues con todo orgullo llevará por el resto de su vida esas orejas de burro con que decir coronarlo la Secretaria de Gobernación, así como otras autoridades tan encontrado la manera de ponerselas también a otros jueces y magistrados Que pequeños han quedado, ahora si resulta justa su extinción. Respuesta del día16/02/2024Texto de respuestaC. Eliseo Arteaga P r e s e n t e Derivado del comunicado que antecede, de la manera más respetuosa le informamos que esta Unidad de Transparencia del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, es el área administrativa facultada únicamente para recibir peticiones, gestionar y proporcionar información pública a los particulares; responsable de hacer los requerimientos de la información solicitada a las dependencias del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, y practicar las notificaciones necesarias a la ciudadanía, verificando en cada caso que la información no sea considerada como reservada o confidencial. En este sentido, para presentar una solicitud no se podrán exigir mayores requisitos que los siguientes: I. Nombre del solicitante y tratándose de personas morales la denominación y el nombre y datos generales de su representante legal; II. Domicilio o medio para recibir notificaciones; III. La descripción clara y precisa de la información solicitada; IV. Cualquier otro dato que facilite su búsqueda y eventual localización; y V. La modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a la información, mediante consulta directa, mediante la expedición de copias simples o certificadas o la reproducción en cualquier otro medio, incluidos los electrónicos. Asimismo, cuando los detalles proporcionados para localizar los documentos resulten insuficientes, incompletos o sean erróneos, la Unidad de Transparencia podrá´ requerir al solicitante, por una sola vez y dentro del plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud, para que, en un término de hasta diez días hábiles, indique otros elementos o corrija los datos proporcionados o bien, precise uno o varios requerimientos de información. Situación que se hace de su conocimiento en caso de que usted necesite solicitar información pública del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, relacionada con las siguientes dependencias estatales: I. La Secretaría de Gobierno; II. La Secretaría de Finanzas; III. La Secretaría de la Contraloría; IV. La Secretaría de Desarrollo Sustentable; V. La Secretaría de Desarrollo Agropecuario; VI. La Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas; VII. La Secretaría de Educación; VIII. La Secretaría del Trabajo; IX. La Secretaría de Turismo; X. La Secretaría de Salud; XI. La Oficialía Mayor; XII. Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana; XIII. La Secretaría de Seguridad Ciudadana; XIV. La Secretaría de la Juventud; XV. La Secretaría de Desarrollo Social; XVI. Jefatura de Gabinete; y XVII. La Secretaría de Cultura. Cualquier otro organismo gubernamental ajeno a los mencionados anteriormente, cuenta con su propia Unidad de Transparencia, por lo que ésta Unidad sería incompetente para tramitar solicitudes de información que no estén relacionadas con las Secretarías arriba señaladas. Lo anterior, con fundamento en los artículos 3 -fracción XIX-, 45, 116, 119 y 125 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro, así como 19 y 23 -fracción XXX- de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro. Estamos a sus órdenes.Archivo adjuntoDescargarFolioQRO-IP-220456224000145

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónManualprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaSe entrega información en medio electrónicoTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaMedio electrónico aportado por el solicitanteFecha limite de respuesta15/03/2024Fecha solicitud término16/02/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deQuerétaroSector de la dependenciaPoder Ejecutivo