Querétaro - Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro - (QRO)
Solicitud del día 06/03/2024 a la dependencia Querétaro - Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro - (QRO) del órgano Querétaro
Descripción3. Desglose, por plataforma de movilidad que cuente con autorización para operar como empresa de redes de transporte (ERT), en la que se detalle el monto total de aportaciones que se llevaron a cabo a lo largo de los años 2020, 2021 y 2022 por concepto de aportaciones que de acuerdo con el artículo 121 la Ley de agencia de Movilidad y Modalidades de transporte público para el estado de Querétaro estarán destinadas principalmente a obras, acciones y proyectos en materia de movilidad y transporte, relacionados con el objeto de dicha Ley. 4. Información sobre el destino de los recursos aportados por Empresas de Redes de Transporte con los objetivos mencionados en el artículo 121 de la ley mencionadaRespuesta del día06/03/2024Texto de respuestaEstimada persona solicitante P r e s e n t e . Por este conducto, y en atención a su solicitud de información con folio 220456224000202, recibida en esta Unidad de Transparencia del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, se notifica respuesta en fecha 06 de marzo de 2024 a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, mediante oficio SC/UTPE/SASS/00261/2024, mismo que se adjunta al presente. En ese tenor, esta Unidad de Transparencia espera tenga por atendida su solicitud, comunicándole la disposición institucional para proteger el derecho de acceso a la información y para cumplir las obligaciones derivadas de la legislación de la materia en todos sus términos. En caso de tener duda, podrá ponerse en contacto con esta Unidad de Transparencia, al teléfono (442) 238 50 00, extensiones 5543, 5187 y 5544, o bien, a la cuenta de correo electrónico institucional: utpe@queretaro.gob.mx No omito mencionarle que las Unidades de Transparencia son las áreas administrativas facultadas para recibir solicitudes, gestionar y proporcionar información pública a los particulares; es decir, esta Unidad de Transparencia no clasifica información ni determina qué datos proporcionar, ya que no tiene acceso inmediato a la información que obra en los archivos de las Dependencias del sector central del Poder Ejecutivo, sino hasta que la misma es entregada a la Unidad para preparar una notificación de respuesta para la persona solicitante. Con fundamento en el artículo 3, fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro. Gracias por ejercer su derecho de acceso a la información. Sin otro particular, reciba un cordial saludo.Archivo adjuntoDescargarFolioQRO-IP-220456224000202