Querétaro - Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro - (QRO)
Solicitud del día 19/06/2024 a la dependencia Querétaro - Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro - (QRO) del órgano Querétaro
DescripciónSe solicita de la manera más atenta lo siguiente: a) Defunciones por edad, sexo, fecha de fallecimiento y registro, municipio y causa de muerte. a.1) En los casos que aplique, agregar el intervalo aproximado entre el inicio de la enfermedad y la muerte a.2) La causa de la muerte deberá estar desagregada por la causa directa, antecedentes y otros estados patológicos b) Defunciones por accidentales o violentas (accidente, homicidio, suicidio u otras) por edad, sexo, fecha de fallecimiento y registro, municipio. b.1) Para el caso del inciso "b", señalar el lugar en donde ocurrió el accidente o hecho violento Para todos los incisos anteriores se requiere que la información se presente desde 2006 a la fecha y la frecuencia sea mensual (mes a mes).Respuesta del día16/07/2024Texto de respuestaEstimada persona solicitante P r e s e n t e . Por este conducto, y en atención a su solicitud de información con folio 220456224000528, recibida en esta Unidad de Transparencia del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, se notifica respuesta en fecha 16 de julio de 2024 a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, mediante oficio SC/UTPE/SASS/01075/2024, mismo que se adjunta al presente. En ese tenor, esta Unidad de Transparencia espera tenga por atendida su solicitud, comunicándole la disposición institucional para proteger el derecho de acceso a la información y para cumplir las obligaciones derivadas de la legislación de la materia en todos sus términos. En caso de tener duda, podrá ponerse en contacto con esta Unidad de Transparencia, al teléfono (442) 238 50 00, extensiones 5543, 5187 y 5544, o bien, a la cuenta de correo electrónico institucional: utpe@queretaro.gob.mx No omito mencionarle que las Unidades de Transparencia son las áreas administrativas facultadas para recibir solicitudes, gestionar y proporcionar información pública a los particulares; es decir, esta Unidad de Transparencia no clasifica información ni determina qué datos proporcionar, ya que no tiene acceso inmediato a la información que obra en los archivos de las Dependencias del sector central del Poder Ejecutivo, sino hasta que la misma es entregada a la Unidad para preparar una notificación de respuesta para la persona solicitante. Con fundamento en el artículo 3, fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro. Gracias por ejercer su derecho de acceso a la información. Sin otro particular, reciba un cordial saludo.Archivo adjuntoDescargarFolioQRO-IP-220456224000528