Querétaro - Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro - (QRO)
Solicitud del día 23/08/2024 a la dependencia Querétaro - Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro - (QRO) del órgano Querétaro
DescripciónCon base en el derecho de acceso a la información establecido en el Artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su Fracción I señala que toda la información pública en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de los ámbitos federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional. Donde además se especifica que en la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad y que los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones. Igualmente, en concordancia con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que en su Artículo 23 señala que son sujetos obligados a transparentar y permitir el acceso a su información y proteger los datos personales que obren en su poder: cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de las Entidades Federativas. Del mismo modo y en conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro, que en su Artículo 11 señala que en el ejercicio, tramitación e interpretación de la presente Ley, los sujetos obligados deberán atender al Principio de Máxima Publicidad, que dispone que en la interpretación del derecho de acceso a la información debe prevalecer la máxima difusión y accesibilidad; así como la obligación de los sujetos obligados de documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones; dicha información es pública y sólo por excepción podrá ser clasificada como confidencial o reservada, en los casos previstos en la Ley. Por consiguiente y con base en los considerandos previamente citados solicito, en su versión pública y que garantice la protección de datos personales, la información siguiente: 1. Quiénes y/o cuántos son los servidores públicos estatales designados por la persona titular de cada una de las dependencias de la administración pública del Estado, señaladas en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro: I. La Secretaría de Gobierno; II. La Secretaría de Finanzas; III. La Secretaría de la Contraloría; IV. La Secretaría de Desarrollo Sustentable; V. La Secretaría de Desarrollo Agropecuario; VI. La Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas; VII. La Secretaría de Educación; VIII. La Secretaría del Trabajo; IX. La Secretaría de Turismo; X. La Secretaría de Salud; XI. La Oficialía Mayor; XII. Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana; XIII. Secretaría de Seguridad Ciudadana; XIV. La Secretaría de la Juventud; XV. La Secretaría de Desarrollo Social; XVI. Jefatura de Gabinete; y XVII.La Secretaría de Cultura. Y que participan como apoyo administrativo de cada una de estas dependencias para auxiliar a la Unidad de Transparencia del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro en la atención de las diversas solicitudes de transparencia que son remitidas a dichas dependencias. 2. Asimismo, solicito saber cuáles son los medios para contactar a estos servidores públicos que actúan como dichos enlaces en cada una de las dependencias que conforman el Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro. Respuesta del día23/08/2024Texto de respuestaEstimada persona solicitante P r e s e n t e . Por este conducto, y en atención a su solicitud de información con folio 220456224000721, recibida en esta Unidad de Transparencia del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, se notifica respuesta en fecha 23 de agosto de 2024 a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, mediante oficio SC/UTPE/SASS/01253/2024, mismo que se adjunta al presente. En ese tenor, esta Unidad de Transparencia espera tenga por atendida su solicitud, comunicándole la disposición institucional para proteger el derecho de acceso a la información y para cumplir las obligaciones derivadas de la legislación de la materia en todos sus términos. En caso de tener duda, podrá ponerse en contacto con esta Unidad de Transparencia, al teléfono (442) 238 50 00, extensiones 5543, 5187 y 5544, o bien, a la cuenta de correo electrónico institucional: utpe@queretaro.gob.mx No omito mencionarle que las Unidades de Transparencia son las áreas administrativas facultadas para recibir solicitudes, gestionar y proporcionar información pública a los particulares; es decir, esta Unidad de Transparencia no clasifica información ni determina qué datos proporcionar, ya que no tiene acceso inmediato a la información que obra en los archivos de las Dependencias del sector central del Poder Ejecutivo, sino hasta que la misma es entregada a la Unidad para preparar una notificación de respuesta para la persona solicitante. Con fundamento en el artículo 3, fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro. Gracias por ejercer su derecho de acceso a la información. Sin otro particular, reciba un cordial saludo.Archivo adjuntoDescargarFolioQRO-IP-220456224000721