Querétaro - Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro - (QRO)
Solicitud del día 15/05/2024 a la dependencia Querétaro - Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro - (QRO) del órgano Querétaro
Descripción• Cuantos TOPES O REDUCTORES DE VELOCIDAD tiene su alcaldía o municipio (Especificar en su respuesta si el dato es preciso o aproximado. En caso de que el dato sea aproximado las razones por las que sólo es aproximado) • De los existentes: ¿Que cantidad o porcentaje fueron hechos por la autoridad del municipio, alcaldía o ciudad y que cantidad o porcentaje fueron hechos por los habitantes? Especificar si el dato es preciso o aproximado. • De los que se tiene la certeza que no los hizo la autoridad del municipio, alcaldía o ciudad, es decir, que fueron hechos por los vecinos o habitantes de la zona: ¿Fueron colocados sin permiso de la autoridad o existe autorización para que fueran colocados los topes? • ¿Es legal o ilegal que los vecinos, habitantes o dueños de negocios y empresas coloquen topes o reductores de velocidad en la vía pública? En caso de que sea ilegal: ¿Que normatividad lo sanciona y en que consiste la sanción? • ¿Qué se necesita o cual es el procedimiento a seguir para que la autoridad competente retire los topes o reductores de velocidad no autorizados? • De los topes o reductores de velocidad existentes: ¿Qué cantidad o porcentaje calcula que fueron colocados por una petición vecinal? • De los topes o reductores de velocidad existentes: ¿Qué cantidad o porcentaje calcula que fueron colocados por la autoridad por una acción de gobierno? • ¿Cuál es la principal o principales causas por la que los vecinos o habitantes de su territorio gobernado solicitan los topes o reductores de velocidad? • ¿Considera que la colocación de topes o reductores de velocidad disminuyó o evitó la problemática por la que fueron solicitados o colocados por la autoridad? • ¿En contraparte al motivo o prevención que se buscó con la instalación de topes o reductores de velocidad, hubo alguna consecuencia negativa como por ejemplo choques de vehículos u otro tipo de accidentes de la que tenga conocimiento? • ¿Con que normatividad se rige su alcaldía, ciudad o municipio para la instalación de topes o reductores de velocidad?, favor de citar de manera precisa el nombre o nombres de los preceptos normativos (Leyes, reglamentos, circulares, manuales, lineamientos, procedimientos etc,) y favor de proporcionar la dirección electrónica o página para su consulta. • ¿Cuáles son las especificaciones para la colocación de un tope o reductor de velocidad, me refiero a la distancia mínima entre un tope y otro, al tamaño como la altura, pendiente, ancho, material con el que los hacen y si el material es el autorizado por la normatividad o lo hacen del material que tienen? • ¿Han retirado algún tope o reductor de velocidad por petición de los habitantes de su municipio? Respuesta del día06/06/2024Texto de respuestaAprovechando la ocasión para saludarle, por este conducto remito a usted en tiempo y forma de acuerdo en lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro, el oficio emitido por la Secretaría de Obras Públicas, la Secretaría de Movilidad, la Secretaría de Seguridad Pública Municipal y, por esta Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio de Querétaro, derivado de su solicitud de información con número de folio 220458524000664.Archivo adjuntoDescargarFolioQRO-IP-220458524000664