Querétaro - Municipio de San Juan del Río - (QRO)
Solicitud del día 23/08/2024 a la dependencia Querétaro - Municipio de San Juan del Río - (QRO) del órgano Querétaro
DescripciónEn términos del artículo artículo 64, fracción II de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro los Ayuntamientos del Estado de Querétaro podrán concederse reducciones de hasta el 80% que resulten de aplicar los criterios generales que al efecto determine cada Ayuntamiento, para el pago del Impuesto sobre Traslado de Dominio que corresponda. En tal virtud, cada Ayuntamiento del Estado de Querétaro deberá emitir los lineamientos generales que dispongan los criterios específicos que deberán tomarse en cuenta para ser beneficiario de las reducciones al Impuesto sobre Traslado de Dominio referidas en el párrafo anterior. De una búsqueda en la página web del Municipio de San Juan del Río y de su periódico oficial no se advierte que estén publicados dichos lineamientos o criterios generales para acceder al multicitado beneficio fiscal. Por tanto, se solicita que se remitan dichos lineamientos generales, emitidos por el Municipio de San Juan del Río, ello para el efecto de conocer los requisitos específicos para acceder a las reducciones del Impuesto Sobre Traslado de Dominio o, que en su caso se informe la inexistencia de dichos lineamientos. Respuesta del día17/09/2024Texto de respuestaDEPENDENCIA: UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN SECCIÓN: DIRECCIÓN FOLIO: 2204587240000179 ASUNTO: SOLICITUD DE INFORMACIÓN SAN JUAN DEL RÍO, QRO., A 17 DE SEPTIEMBRE DE 2024. C. JIMENA RINCÓN SAN JUAN PRESENTE. El que suscribe, LIC. JUAN MANUEL LÓPEZ GUILLERMOPRIETO, en mi carácter de Director de la unidad de acceso a la información, del Municipio de San Juan del Río, Qro., por este medio le envió un cordial saludo, asimismo me dirijo a usted, con la finalidad de hacer de su conocimiento que la solicitud de acceso a la información pública número 2204587230000179 es atendida por esta Unidad de información y se ha cargado la respuesta mediante la plataforma PNT. En el mismo sentido hago de conocimiento la respuesta a su solicitud de información: Se adjuntan 2 oficios provenientes se las secretarias del Ayuntamiento y Finanzas, en la cuales se señalan las condiciones para la aplicación de una referida reducción de hasta el 80 % en las operaciones de traslado de dominio, como se desprende de la solicitud de información, la solicitante pide remitir los “lineamientos generales emitidos por el municipio”. Del análisis de las respuestas adjuntas se advierte como lo indica la Secretaría del Ayuntamiento “no existe autorización por el Ayuntamiento de criterios generales para la aplicación de descuentos al impuesto objeto de interés de la solicitante”, no obstante, el área administrativa citada refiere que para tal efecto se aplica la “Ley de ingresos del municipio de San Juan del Río, Qro., para el ejercicio fiscal 2024. En virtud de lo anterior y en apego a las facultades consagradas en los artículos del 45 al 50 de la LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PU´BLICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, ASÍ COMO DEL MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN DEL RÍO QRO., SE DA POR CONTESTADA EN SU TOTALIDAD LA SOLICITUD PLANTEADA MEDIANTE LA PNT. Sin otro particular por el momento, quedo atento y reitero mis consideraciones. A T E N T A M E N T E. ____________________________________________________________________ LIC. JUAN MANUEL LÓPEZ GUILLERMOPRIETO DIRECTOR DE LA UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN DEL RÍO, QRO. Archivo adjuntoDescargarFolioQRO-IP-220458724000179