Quintana Roo - SECRETARÍA DE GOBIERNO - (QROO)
Solicitud del día 13/09/2024 a la dependencia Quintana Roo - SECRETARÍA DE GOBIERNO - (QROO) del órgano Quintana Roo
DescripciónTengo interés en saber sobre la falta de seguridad en la comunidad de San Silverio perteneciente al municipio de Felipe Carrillo Puerto, donde no se cuenta con la presencia policial, ni patrullas las 24 horas del año. Me gustaría saber: - ¿Cuáles son las razones por las que no se han asignado una patrulla? - ¿Qué medidas se están tomando para abordar la falta de seguridad en la comunidad de San Silverio, Felipe Carrillo Puerto? - ¿Existen planes para aumentar la presencia policial o implementar programas de seguridad en la comunidad de San Silverio, Felipe Carrillo Puerto en un futuro próximo? - ¿Cuál es el monto total del presupuesto asignado para la seguridad en la comunidad de San Silverio? Agradezco de antemano su atención a esta solicitud y espero una respuesta detallad sobre las acciones y el presupuesto.Respuesta del día17/09/2024Texto de respuestaUnidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. Oficio Número: SEGOB/UTAIPyPDP/si/0268/2024 Chetumal, Quintana Roo, a 17 de septiembre 2024 “2024, Año del 50 Aniversario del Estado Libre Y Soberano de Quintana Roo” Es de notoria incompetencia De una revisión a las facultades y competencias contenidas en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, así como al Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno, ninguna de las Unidades Administrativas pertenecientes a la Secretaría de Gobierno, resulta competente para atender su solicitud de información, por lo que hago de su conocimiento que dicha solicitud, no es competencia de éste sujeto obligado. No obstante lo anterior y en observancia de lo preceptuado en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo, que en su artículo 158 establece: “Cuando las Unidades de Transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligados, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán declararlo y comunicarlo al solicitante y, en caso de poderlo determinar, señalar al solicitante el o los sujetos obligados competentes….”; informo a usted que se realizaron diversas indagaciones para averiguar cuál de todas las dependencias de la administración pública resulta competente para atender su solicitud de información y derivado de lo anterior, presuntamente lo es Ayuntamiento del Municipio Felipe Carrillo Puerto. En sentido de lo anterior, le informo que esa autoridad se encuentra Ubicada en Calle 66 entre 65 y 67 Col Centro C.P. 77200, Felipe Carrillo Puerto Quintana Roo, en horario de 08:00 a 15:00 horas, con correo electrónico vinculacion@felipecarrillopuerto.gob.mx y página web: https://www.felipecarrillopuerto.gob.mx/ sugiriéndole con todo respeto dirija su solicitud por los conductos establecidos, quien con toda seguridad le otorgará la respuesta que corresponda. A través del sistema SISAI 2.0 dirigida a el Ayuntamiento del Municipio de Felipe Carrillo Puerto; seleccionando a este Sujeto Obligado, debido a que es presuntamente la instancia correspondiente para atender su petición de información. Sin otro asunto en particular, reitero a usted las seguridades de mi más alta consideración. ATENTAMENTE Licda. Sandra Luz Zubieta Arcique. Titular de la UTAIPyPDP. Archivo adjuntoDescargarFolioQROO-IP-231283000026924