Quintana Roo - SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO - (QROO)
Solicitud del día 30/01/2024 a la dependencia Quintana Roo - SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO - (QROO) del órgano Quintana Roo
DescripciónLos artículos 70 fracción XXIII de la Ley de Educación del Estado de Quintana Roo establece que - Los educandos tienen derecho a acceso gratuito a toallas femeninas desechables como insumos destinados a la gestión menstrual, mismos que serán suministrados en caso de urgencia, por unidad y a petición de la alumna, únicamente durante el horario de clase y en el ciclo escolar correspondiente de las escuelas públicas de nivel básico y medio superior, y Asimismo, el artículo 105 dispone que la Secretaría, en coordinación con la Secretaría de Salud del Estado, diseñará e implementará políticas públicas orientadas a la enseñanza a las alumnas, alumnos, así como a sus madres y padres, en todos los planteles educativos, de la elaboración de toallas sanitarias ecológicas reutilizables, como parte del proceso incorporador de la salud menstrual y para fomentar la conciencia sobre esta condición y el cuidado del medio ambiente. Solicito a esta H. Autoridad me proporcione la información siguiente: 1. ¿Cuáles son las acciones y medidas que ha implementado para facilitar el acceso gratuito a los productos de gestión menstrual en las escuelas públicas? 2. ¿Cuáles son los productos de gestión menstrual que se ofrecen? 3. ¿Cómo se coordina la provisión de estos productos con la Secretaría de Salud? 4. ¿Cuál es el presupuesto asignado para la implementación de estas acciones y medidas? ¿Cómo se ha garantizado la suficiencia presupuestal para el acceso gratuito a los productos de gestión menstrual? 5. Detalles sobre las políticas públicas diseñadas e implementadas en coordinación con la Secretaría de Salud para la enseñanza de elaboración de toallas sanitarias ecológicas reutilizablesRespuesta del día16/02/2024Texto de respuestaSe informa que de conformidad con lo previsto en los artículos 6, 11, 12, 13 párrafo primero, 66 fracciones II y V, 147,151,154 y 155 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo; se da respuesta oportuna a su solicitud recibida en la Plataforma Nacional de Transparencia en términos del oficio que se adjunta, a fin de garantizar su derecho de acceso a la información pública.Archivo adjuntoDescargarFolioQROO-IP-231286900000824