Quintana Roo - SERVICIOS ESTATALES DE SALUD - (QROO)
Solicitud del día 10/05/2024 a la dependencia Quintana Roo - SERVICIOS ESTATALES DE SALUD - (QROO) del órgano Quintana Roo
DescripciónA quien corresponda. C. Ingrid Escalante, en Cancún Quintana Roo, por mi propio y personal derecho y conforme al artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, vengo ante esta institución con el propósito de poder hacerme de información. Tengo la intención de constituir y operar un consultorio de salud mental, conformado por un consultorio y una farmacia en la cual se vendan medicamentos controlados, en la ciudad de Cancún, Estado de Quintana Roo, siendo nuestro deseo cumplir con todas las obligaciones, permisos y autorizaciones necesarias para ello a nivel municipal, estatal y federal. Es por lo anterior, que solicito amablemente que me resuelvan las siguientes dudas: 1. ¿Cuál es el proceso y procedimiento para aperturar y operar una Clínica de salud mental con consultorio y farmacia, y que esta última pueda vender medicamentos controlados? 2. ¿Cuál es la Guía de COFEPRIS más actualizada en el que se desarrolle todos los requisitos? Toda vez que la que se encontró fue la "GUÍA PARA LAS BUENAS PRÁCTICAS SANITARIAS EN FARMACIAS CON CONSULTORIOS ADYACENTES" del año 2020, sin embargo, he visto que existen guías más antiguas como la "GUÍA PARA COMERCIALIZACIÓN DE MEDICAMENTOS CONTROLADOS EN FARMACIAS" del año 2017, por lo que agradecería que me pudiera brindar la guía más actualizada. 3. ¿Qué documentación, permisos, autorizaciones y licencias necesito a nivel federal para aperturar y operar una Clínica de salud mental con consultorio y farmacia, y que esta última pueda vender medicamentos controlados? 4. ¿Qué documentación, permisos, autorizaciones y licencias necesito a nivel estatal (Quintana Roo) para aperturar y operar una Clínica de salud mental con consultorio y farmacia, y que esta última pueda vender medicamentos controlados? 5. ¿Qué documentación, permisos, autorizaciones y licencias necesito a nivel municipal (Benito Juárez) para aperturar y operar una Clínica de salud mental con consultorio y farmacia, y que esta última pueda vender medicamentos controlados? 6. ¿Cuáles son las NOMS vigentes aplicables para la venta de medicamentos controlados, operar un consultorio y una farmacia, infraestructura, instrumentos? 7. ¿Qué debe contener la receta médica para poder recetar medicamentos controlados y cual es su fundamentación legal de dichos requisitos? Y, ¿se requiere de autorización o aprobación de la receta por alguna autoridad? 8. ¿Qué equipos, instrumentos, infraestructura es la necesaria y permitida para operar la Clínica de salud mental con consultorio y farmacia, y cuáles son los requisitos que debe tener cada objeto? 9. En general, todo lo que necesitaría saber sobre el tema en cuestión, y no contemplé en las anteriores preguntas. Lo anterior siempre solicitado a partir del principio de legalidad en tanto lo que se pide no se ejecuta a partir del conocimiento técnico de la operación de una Clínica con consultorio y farmacia, como lo son las instalaciones, herramientas, instrumentos médicos, etcétera, sino respecto de lo que la norma le exige al particular. De antemano le agradecería si a la par de sus respuestas me brindara el fundamento legal, y sin otro particular, quedo en la espera de su pronta respuesta.Otros datos• Guía para las buenas prácticas sanitarias en farmacias con consultorios adyacentes (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios | 25 de mayo de 2020). • Ley General de Salud. • Suplemento de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos (FEUM) 6ª Ed. • REGLAMENTO DE INSUMOS PARA LA SALUD. • ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN LOS LINEAMIENTOS A LOS QUE ESTARA SUJETA LA VENTA Y DISPENSACION DE ANTIBIOTICOS (D.O.F del 27 de mayo del 2010). • REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE PRESTACION DE SERVICIOS DE ATENCION MEDICA. • ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS DE PROTECCION EN MATERIA DE SALUD HUMANA PARA PREVENIR EL ALCOHOLISMO Y EVITAR LA INGESTA DE ALCOHOL ETILICO ((DOF 6 de julio de 2004). • NOM-005-SSA3-2010 (Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios). • NOM-004-SSA3-2012 (Del expediente clínico). • NOM-016-SSA3-2012 (Que establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada). • NOM-003-SEGOB-2011 (Señales y avisos para protección civil.- Colores, formas y símbolos a utilizar). • NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002 (Protección ambiental - Salud ambiental - Residuos peligrosos biológico-infecciosos - Clasificación y especificaciones de manejo). • REGLAMENTO DE CONTROL SANITARIO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS.Respuesta del día21/05/2024Texto de respuestaSE ADJUNTA OFICIO SESA/UTAIPyPDP/0539/V/2024, DE FECHA 21 DE MAYO 2024, MEDIANTE EL CUAL SE DA RESPUESTA A LA SOLICITUD DE INFORMACIÓN NÚMERO 231287000016924Archivo adjuntoDescargarFolioQROO-IP-231287000016924