Quintana Roo - INSTITUTO ELECTORAL DE QUINTANA ROO - (QROO)
Solicitud del día 29/11/2023 a la dependencia Quintana Roo - INSTITUTO ELECTORAL DE QUINTANA ROO - (QROO) del órgano Quintana Roo
DescripciónPara la elecciones que se avecinan en 2024, las personas de 17 años tendr'an permitido sacar su credencial electoral prematuramente. Mi pregunta es, cual es la fecha limite de cumpleaños para que un joven de 17 ya no tenga permitido sacar su credencial electoral?Otros datossin comentariosRespuesta del día30/11/2023Texto de respuestaNúmero de folio: 231287400019823 Chetumal, Quintana Roo a 30 de noviembre de 2023 ESTIMADO SOLICITANTE En atención a la solicitud de información con número de folio 231287400019823 dentro del sistema SISAI 2-0 de la Plataforma Nacional de Transparencia mediante el cual requirió información relativa a: “Para la elecciones que se avecinan en 2024, las personas de 17 años tendr'an permitido sacar su credencial electoral prematuramente. Mi pregunta es, cual es la fecha limite de cumpleaños para que un joven de 17 ya no tenga permitido sacar su credencial electoral? sin comentarios” SIC Se le notifica que la información que requiere no obra en los archivos del Instituto Electoral de Quintana Roo ni es de su competencia, toda vez que no cuenta con atribuciones ni genera o detenta la información solicitada, lo que le impide pronunciarse expresa y categóricamente respecto a la misma; por lo que declara la Notoria incompetencia a razón de lo siguiente: El derecho de acceso a la información pública es la prerrogativa que tiene toda persona para acceder a la información generada, administrada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados; así como aquella que documente todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, con la única excepción de aquella considerada información de acceso restringido en cualquiera de sus modalidades. En este sentido, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo, en su artículo 151 señala los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones en el formato en que el solicitante manifieste, de entre aquellos formatos existentes, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre así lo permita, sin embargo, el numeral 158 de la Ley que nos ocupa, por su parte, establece cuando las Unidades de Transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligados, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán declararlo y comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y, en caso de poderlo determinar, señalar al solicitante el o los sujetos obligados competentes. Por lo antes expuesto, en atención a la solicitud número 231287400019823, mediante el cual solicita diversa información relacionada a su solicitud, no obra información o documentación relacionada con lo solicitado por el peticionario y no se encuentra dentro de las obligaciones señaladas en los artículos 91 y 97 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo, siendo el caso que la información que usted requiere se relaciona con datos que documenta el Instituto Nacional Electoral (INE), la solicitud de información deberá ser interpuesta ante la Unidad de Transparencia de este sujeto obligado, lo anterior de conformidad con el Artículo 54 de la LEGIPE, que se menciona que el Registro Federal del Electores del INE tendrá las siguientes atribuciones: • Formar el Padrón Electoral. • Expedir la credencial para votar según lo dispuesto en el Título Primero del Libro Cuarto de esta Ley. • Revisar y actualizar anualmente el Padrón Electoral conforme al procedimiento establecido en el Libro Cuarto de esta Ley. Se notifica la presente respuesta por el medio señalado para recibir la información y notificaciones, en términos de los artículos 147, 148 y 155 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo.Archivo adjuntoDescargarFolioQROO-IP-231287400019823