Quintana Roo - MUNICIPIO DE OTHÓN P. BLANCO - (QROO)
Solicitud del día 15/04/2024 a la dependencia Quintana Roo - MUNICIPIO DE OTHÓN P. BLANCO - (QROO) del órgano Quintana Roo
DescripciónAcorde a mi derecho constitucional y humano, plasmado en el Artículo 6° constitucional, que establece el acceso a la información pública como un derecho fundamental de los mexicanos. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su uso puede ejercer el derecho de acceso a la información. bien público, por lo que toda persona debe tener acceso a la misma. Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Artículo 122. Las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes de información y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas, de conformidad con las bases establecidas en el presente Título. Solicito de manera más atenta me proporcionen la información con relación a los gastos por concepto de viáticos y gastos de representación del periodo del 1 de diciembre del 2023 al 14 de abril del 2024 de los siguientes servidores públicos del H. Ayuntamiento del Municipio de Othon P. Blanco; C. YENSUNNI IDALIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, PRESIDENTA MUNICIPAL (LICENCIA) C. ALEJANDRA DEL ÁNGEL CARMONA, SÍNDICO MUNICIPAL C. SAULO AGUILAR BERNÉS, PRIMER REGIDOR (LICENCIA) C. ALFREDO CEBALLOS SANTIAGO, TERCER REGIDOR C. JORGE HERRERA AGUILAR, QUINTO REGIDOR C. HÉCTOR HERNÁN PÉREZ RIVERO, NOVENO REGIDOR C. JOSÉ ÁNGEL MUÑOZ GONZÁLEZ, DÉCIMO SEGUNDO REGIDOR C. LIDIA ESTHER ROJAS FABRO, DÉCIMA CUARTA REGIDORA (LICENCIA) C. JAVIER REGALADO HENDRICKS, OFICIAL MAYOR C. ROLANDO ALEXIS HERNÁNDEZ MARTÍNEZ, INSTITUTO MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LA JUVENTUD (LICENCIA) C. JOSÉ RUFINO CANUL TUN, INSTITUTO MUNICIPAL DE LA CULTURA FÍSICA Y EL DEPORTE DE OTHÓN P. BLANCO C. LUIS ARMANDO GONZÁLEZ SALAZAR, DIRECCIÓN DE DESARROLLO TURÍSTICO 1) Desglosándolo por tipo de gasto, 2) denominación del encargo o comisión, 3) tipo de viaje, 4) número de personas acompañantes en el encargo o comisión, 5) importe ejercido por el total de acompañantes, 6) origen del encargo o comisión, 7) destino del encargo o comisión, 8) periodo del encargo o comisión, 9) importe ejercido por el encargo o comisión, 10) clave de la partida de cada uno de los conceptos correspondientes, 11) denominación de la partida de cada uno de los conceptos correspondientes, 12) importe ejercido erogado por concepto de gastos de viáticos o gastos de representación, 13) importe total ejercido erogado con motivo del encargo o comisión, 14) importe total de gastos no erogados derivados del encargo o comisión 15) y los archivos en formato PDF de las facturas o comprobantes que soporten las erogaciones realizadas. Le hago de su conocimiento que dicha información solicitada es de carácter pública, el cual no podrá ser declarado como información reservada, privada o confidencial, cumpliendo con el Principio de Máxima Publicidad; El principio de máxima publicidad define que toda la información en posesión de los sujetos obligados será pública, completa, oportuna y accesible, sujeta a un claro régimen de excepciones que deberán estar definidas y ser además legítimas y estrictamente necesarias en una sociedad democrática, conforme a la Ley General de Transparencia. Derivado de los cambios normativos, el ciudadano podrá acceder a información fiscal, financiera, programática, presupuestal, de disciplina financiera y deuda pública, como medio de organización eficaz de la gestión gubernamental.Respuesta del día29/04/2024Texto de respuestaSe adjunta respuesta a la solicitud de información 231287600009024, con numero de oficio MOPB/UVTAIPyPDP/259/2024 de fecha 29 de abril del 2024, de la misma manera se adjunta archivo anexo de la información solictada en formato Excel.Archivo adjuntoDescargarFolioQROO-IP-231287600009024