Quintana Roo - MUNICIPIO DE FELIPE CARRILLO PUERTO - (QROO)
Solicitud del día 13/11/2023 a la dependencia Quintana Roo - MUNICIPIO DE FELIPE CARRILLO PUERTO - (QROO) del órgano Quintana Roo
DescripciónEs para fines académicos de investigación. No se persiguen fines partidistas ni de otra índole. 1. Hasta diciembre 2017, ¿cuántos expedientes se tenían abiertos por conductas que podían configurar faltas administrativas de servidores públicos en términos de la legislación entonces aplicable? 2. Hasta diciembre 2017, ¿cuántos servidores públicos se encontraban inhabilitados en el Municipio? En términos de la legislación vigente. 3. ¿Cuántas denuncias ciudadanas se han recibido? Por año, desde el 2018. 4. ¿Cuántas investigaciones se han radicado? Por año, desde el 2018. 5. ¿Cuántas investigaciones se han derivado por los informes y observaciones realizadas por la ASEQROO? Por año, desde el 2018. 6. ¿Cuántos IPRAS se han elaborado por su Autoridad Investigadora? Por año, desde el 2018, desglose por cuál(es) falta(s) administrativas graves y no graves fue. 7. ¿Cuántos expedientes por falta grave se han remitido al Tribunal de Justicia Administrativa del Estado? Por año, desde el 2018. 8. ¿Cuántas resoluciones condenatorias por falta no grave ha emitido su Autoridad Resolutora? Por año, desde el 2018 y desglosado por género/sexo. 9. ¿Cuántas resoluciones absolutorias ha emitido su Autoridad Resolutora? Por año, desde el 2018 y desglosado por género/sexo. Se les pide que en caso de no contar con la información, manifiesten la negativa, eso también servirá para el trabajo de investigación que se realiza y que ojalá puede ser de ayuda a los Municipios para impulsar la consolidación del SNA en Quintana Roo. Respuesta del día22/11/2023Texto de respuestaEn atención a la solicitud de información con número de folio 231287800020323 del sistema SISAI 2.0, mediante el cual requirió, se le informa que de conformidad con lo previsto en los artículos 4, 11, 12, 13 párrafo primero, 45 fracciones II y V, y 123 y 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y los artículos 3, 6, 11, 12, 13 párrafo primero, 66 fracciones II y V, 147, 148, 151 y 154 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo, se procede a dar respuesta a su solicitud de Información pública en los términos siguientes: Respuesta: Se anexa en archivo digital… Sin otro particular, esperando haberle atendido su petición de información, le envío un cordial saludo. A T E N T A M E N T E C. Miguel Ángel Díaz Abarca DIRECTOR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA.Archivo adjuntoDescargarFolioQROO-IP-231287800020323