Quintana Roo - MUNICIPIO DE LÁZARO CÁRDENAS - (QROO)
Solicitud del día 10/08/2023 a la dependencia Quintana Roo - MUNICIPIO DE LÁZARO CÁRDENAS - (QROO) del órgano Quintana Roo
Descripción 1. ¿El Ayuntamiento cuenta con una Unidad o Dirección de la Diversidad Sexual? Si la respuesta es NO, citar el motivo y el fundamento legal (Ley, articulo y fracción). 2. ¿Qué fecha fue creada la Unidad o Dirección de Diversidad Sexual? 3. ¿En que área, departamento, dirección o Secretaría se encuentra adscrita la Unidad o Dirección de Diversidad Sexual? Citar motivo y fundamento legal (Ley, artículo y fracción). 4. ¿Nombre del Titular de la Unidad o Dirección de Diversidad Sexual? 5. Solicito domicilio de la oficina-con referencias-, horarios de atención, contacto telefónico, correo institucional, nombre completo de la persona titular de la Unidad o Dirección de Diversidad Sexual. 6. Solicito su manual de políticas y procedimientos de la Unidad o Dirección de Diversidad Sexual. 7. En caso de que el Ayuntamiento no cuente con una Unidad o Dirección de Diversidad Sexual, ¿Como promueve, protege y garantiza los derechos de la población LGBTTTIQ+? 8. Solicito domicilio de la oficina-con referencias-, horarios de atención, contacto telefónico, correo institucional, nombre completo de la persona servidora pública que promueve, protege y garantiza los derechos de la población LGBTTTIQ+. 9. El Honorable Ayuntamiento conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ¿Que iniciativas, reformas, programas o proyectos han realizado y promovido para garantizar los Derechos Humanos de la Diversidad Sexual? ¿Solicito copias de las iniciativas, dictámenes, con los documentos y constancias respectivos? 10. El Honorable Ayuntamiento conforme a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo ¿Que iniciativas, reformas, programas o proyectos han realizado y promovido para garantizar los Derechos Humanos de la Diversidad Sexual? ¿Solicito copias de las iniciativas, dictámenes, con los documentos y constancias respectivos? 11. El Honorable Ayuntamiento conforme a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación ¿Que iniciativas, reformas, programas o proyectos han realizado y promovido para garantizar los Derechos Humanos de la Diversidad Sexual? ¿Solicito copias de las iniciativas, dictámenes, con los documentos y constancias respectivos? 12. El Honorable Ayuntamiento conforme a la Ley para Prevenir, Atender y Eliminar la Discriminación en el Estado de Quintana Roo ¿Que iniciativas, reformas, programas o proyectos han realizado y promovido para garantizar los Derechos Humanos de la Diversidad Sexual? ¿Solicito copias de las iniciativas, dictámenes, con los documentos y constancias respectivos? 13. El Honorable Ayuntamiento conforme al Protocolo Nacional de Actuación para el Personal de las Instancias de Procuración de Justicia del País, en casos que involucren la Orientación Sexual o la Identidad de Género ¿Que iniciativas, reformas, programas o proyectos han realizado y promovido para garantizar los Derechos Humanos de la Diversidad Sexual? ¿Solicito copias de las iniciativas, dictámenes, con los documentos y constancias respectivos? 14. El Honorable Ayuntamiento para el reconocimiento y la atención de las personas de la Diversidad Sexual en su reglamento interno y orgánico ¿Que iniciativas, reformas, programas o proyectos han realizado y promovido para garantizar los Derechos Humanos de la Diversidad Sexual? ¿Solicito copias de las iniciativas, dictámenes, con los documentos y constancias respectivos? Otros datosQue el apartado 3 de los Principios de Yogyakarta vincula el derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica con la orientación sexual y la identidad de género, afirmando que ambos son esenciales para la personalidad y constituyen aspectos fundamentales de la autodeterminación, la dignidad y la libertad. Que el derecho a la igualdad y a la no discriminación son principios básicos en ordenamientos internacionales como la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos, consagrados también en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las leyes para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Como parte fundamental nuestra carta magna establece de forma toral en su artículo primero, mismo que a la letra dice: .. todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. .. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. … … Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Para garantizar los derechos humanos de la diversidad sexual, debe regirse bajo el principio de igualdad y no discriminación, son principios básicos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se sumaron al Acuerdo aprobado por el Pleno de ese Órgano Legislativo, en sesión celebrada el 15 de diciembre de 2016, mismo que señala: “Único.- La Cámara de Diputados exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal, a la y los Titulares del Poder Ejecutivo en las entidades federativas, así como a las y los Presidentes Municipales, a impulsar estrategias para que cesen las prácticas discriminatorias contra las personas que integran la comunidad LGBTTTI, por parte de los servidores públicos de las dependencias de seguridad pública e impartición de justicia y sancionen a quienes incurran en ellas, atendiendo de manera oportuna y eficaz las denuncias por parte de miembros de esta comunidad, eliminando los tratos de intolerancia y malas prácticas, para garantizar el acceso a los derechos reconocidos en el orden jurídico mexicano”. (H. Congreso de la Unión, 2016). De la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo … ARTÍCULO 3. Cada Municipio será gobernado por el Ayuntamiento al que le corresponde la representación política y jurídica del Municipio, la administración de los asuntos municipales y el cuidado de los intereses de la comunidad dentro de su circunscripción territorial. Las autoridades municipales tienen competencia plena y exclusiva sobre su territorio, población y organización política-administrativa, con las limitaciones que les señalen las leyes. … Toda autoridad municipal tiene la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las personas, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. TÍTULO QUINTO De las Sesiones y Atribuciones del Ayuntamiento … CAPÍTULO II De las Facultades y Obligaciones del Ayuntamiento ARTÍCULO 66. Son facultades y obligaciones del Ayuntamiento: … i) Crear las unidades administrativas que conforman la Administración Pública Municipal y reglamentar su funcionamiento. La comunidad LGBTTTIQ+ actualmente ocupa la tercera causa de discriminación de acuerdo con la Encuesta NacionalRespuesta del día26/01/2024Texto de respuestaENVIO RESPUESTA DE LA SOLICITUD CON NUMERO DE FOLIO 231288600006223Archivo adjuntoDescargarFolioQROO-IP-231288600006223