Quintana Roo - INSTITUTO PARA EL DESARROLLO Y FINANCIAMIENTO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO - (QROO)
Solicitud del día 08/03/2024 a la dependencia Quintana Roo - INSTITUTO PARA EL DESARROLLO Y FINANCIAMIENTO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO - (QROO) del órgano Quintana Roo
DescripciónToda la información sobre la contratación y/o desarrollo interno de cualquier instrumento de software que haga uso de algoritmos de inteligencia artificial, herramienta tecnológica o equivalente desde el primero de enero de 2020 a la fecha de la solicitud. En caso de que existan un software que haga uso de algoritmos de inteligencia artificial, herramienta tecnológica o equivalente, solicito la siguiente información: 1. Nombre del software, herramienta tecnológica o equivalente. 2. Nombre y puesto laboral de la persona a cargo de su uso u operación. 3. Nombre de las personas, departamento o empresa que desarrolló el software, herramienta tecnológica o equivalente. 4. Razones para las cuales se utiliza el software. 5. Especificar el esquema de adquisición del software (es decir, si fue desarrollo interno, contratación directa, licitación u otra forma de adquisición). 6. En caso de que el software se haya adquirido por contratación o convenio de colaboración, enviar el contrato o convenio del mismo. 7. En caso de que el software se haya adquirido por licitación, solicito la convocatoria con las condiciones técnicas que la institución requirió a los proveedores para su participación en la licitación. Nota: Esta solicitud es parte de un estudio académico para conocer el avance del uso de inteligencia artificial en el sector público mexicano Respuesta del día25/03/2024Texto de respuestaMe permito informar que se realizaron las gestiones pertinentes al interior de este sujeto obligado, girando oficios bajo los números IDF/DDG/UTAIPPDP/0036/III/2023, IDF/DDG/UTAIPPDP/0037/III/2023, y IDF/DDG/UTAIPPDP/0038/III/2023, respectivamente, a la Dirección de Administración y Finanzas, Dirección de Promoción y Relaciones Públicas y Dirección Jurídica, con la finalidad de que esas áreas responsables, de conformidad a sus funciones, y atribuciones se pronunciaran respecto a su solicitud. En consecuencia, la Dirección de Administración y Finanzas, mediante oficio número IDF/DDG/DAF/029/III/2024, tuvo a bien informar lo siguiente: “… En virtud de lo anterior, me permito informar que la suscrita ha realizado una búsqueda exhaustiva, minuciosa y de localización en los archivos físicos y electrónicos administrativos, registros y sistemas contables de este Instituto, como Organismo Descentralizado, para verificar la información solicitada, Por lo que, después de agotar todos los medios existentes, me permito comunicarle que no se encontró registro alguno por contratación y/o desarrollo interno de cualquier instrumento de software que haga uso de algoritmos de inteligencia artificial, herramienta tecnológica o equivalente en el periodo solicitado. En ese sentido, se advierte que la información solicitada no existe en virtud de que no tuvo lugar el acto en la Unidad Responsable que represento, por lo que resulta innecesario turnar al Comité de Transparencia para dictar alguna medida para localizar la información respectiva, al evidenciarse la inexistencia por los motivos y razones ya expuestas. Lo anterior, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo…” (sic) Por otro lado, la Dirección Jurídica, por medio del oficio número IDF/DDG/DJ/0013/III/2024, remitió la siguiente respuesta: “… Por lo anterior, tengo bien a informarle que se realizó una búsqueda exhaustiva y minuciosa a los archivos que obran en la Dirección Jurídica, no encontrándose soporte físico y/o digital de algún contrato o convenio de colaboración y/o desarrollo interno de cualquier instrumento de software que haga uso de algoritmos de inteligencia artificial, herramienta tecnológica o equivalente que respalde la información solicitada en los puntos del 1 al 7 en los periodos solicitados; en ese tenor, se advierte que la información solicitada, no existe en virtud de que no tuvo lugar el acto, por lo que resulta innecesario turnar al Comité de Transparencia para dictar alguna medida para localizar la información respectiva, por los motivos y razones ya expuestos. Lo anterior con fundamento en el artículo 19 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo y criterio de interpretación para Sujetos Obligados, reiterado vigente SO/007/2017, emitido por el INAI…” (sic) Finalmente, la Dirección de Promoción y Relaciones Públicas, a través del oficio IDF/DDG/DPRP/0013/III/2024 contesto lo siguiente: “… El que suscribe, tiene a bien informar que ha realizado una búsqueda de localización en todos los archivos físicos y electrónicos de esta Unidad Administrativa, por lo que, después de agotar todos los medios existentes de información, se comunica que no se cuenta con un desarrollo interno de cualquier instrumento de software o instrumento tecnológico que haga uso de algoritmos de inteligencia artificial, herramienta tecnológica o equivalente desde el primero de enero de 2020 a la fecha, debido a que no tuvo lugar. Aunado a lo anterior, me permito informar que dentro de la estructura orgánica de este Instituto no se contempla un Área de Tecnología de la información u Homologo. Lo anterior, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 3 fracción II, 19 y 153 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo…” (sic) Se adjunta Oficio de Notificación de respuesta : IDEFIN/DDG/UTAIPPDP/0042/Archivo adjuntoDescargarFolioQROO-IP-231497200000524