Quintana Roo - SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO - (QROO)
Solicitud del día 27/09/2024 a la dependencia Quintana Roo - SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO - (QROO) del órgano Quintana Roo
Descripción• ¿Cuántas veces se han aplicado en los centros penitenciarios locales los Protocolos de Actuación (contemplados en el artículo 33 de la Ley Nacional de Ejecución Penal) desde su creación por la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario hasta la fecha?Respuesta del día30/09/2024Texto de respuesta En ese sentido, con base al Criterio 7/17 emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, le informo que no será necesario que el Comité de Transparencia intervenga, en consecuencia, le comunico que, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública (SESESP), es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio y Autonomía Administrativa y no es competente para atender la solicitud de información. "Criterio 7/17. Casos en los que no es necesario que el Comité de Transparencia confirme formalmente la inexistencia de la información. Si no tenemos la obligación normativa, ni elementos de convicción que permitan suponer que contamos con la información requerida por las personas solicitantes, no será necesario que el Comité de Transparencia confirme su inexistencia..." (sic) Aunado a lo anterior, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública del Estado de Quintana Roo, es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y Autonomía Administrativa, tal como lo establece el artículo 2 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública del Estado de Quintana Roo. No obstante, en aras de proteger el ejercicio del derecho humano de acceso a la información y garantizar el principio de máxima publicidad establecido en los artículos 6 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, 6 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 8 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo, se sugiere presentar su solicitud ante el siguiente sujeto obligado: La Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado de Quintana Roo Toda vez que, derivado del análisis a la normatividad aplicable en materia de la solicitud, y con fundamento en los artículos, 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2, 3, Fracción I, 14, 20 fracciones I y 2, 31, 33 y 38 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, artículos 19 fracción XVI, 46 fracciones II, IV, VII, XII, XIII, XV, XXVII Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo 7, 19 Fracción XXIV y XXVI, 79 fracción VI, 80 Fracción IX y X, 85, 305, 306 y 313 de la Ley de Seguridad Ciudadana del Estado de Quintana Roo, pudiera corresponder al sujeto obligado antes referidos Archivo adjuntoDescargarFolioQROO-IP-232579700005224