Sinaloa - AY01300-Ayuntamiento de Mocorito - (SIN)

Solicitud del día 15/03/2024 a la dependencia Sinaloa - AY01300-Ayuntamiento de Mocorito - (SIN) del órgano Sinaloa

Descripción4) En relación al oficio 0174/2024, signado por el Lic. Eduardo Daniel Robles Sánchez, el cual da respuesta a: Presentar el acta o punto de acuerdo de aprobación del cabildo por la que se “tomó la decisión” de utilizar el recurso en otras localidades, así como presentar la evidencia de ese recurso ejercido en los proyectos a los que se destinó el recurso relacionado con el etiquetado de obra para la comunidad de Recoveco en 2023. a) Sobre la respuesta en la que menciona que y cito… “… no es facultad del pleno del cabildo municipal reasignar recursos en los ramos federales para obra pública, ya que esto es facultad del sub comité de desarrollo social del municipio el cual está integrado por miembros del cabildo”, quiero aclararle y en consecuencia a la aseveración del Tesorero en oficio 248/2024 sobre que el recurso federal al que señalan es el del FAIS (R33) las reglas de operación de este recurso queda publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2023 mediante el acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, del que podemos rescatar varios puntos: b) El objeto de los lineamientos generales, establece que: Normar los mecanismos, procedimientos, responsabilidades, plazos, formatos oficiales a utilizarse en los procesos y el catálogo de obras, acciones, gastos indirectos y Programa de Desarrollo Institucional Municipal y de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México (PRODIM) que deben observar los gobiernos locales y de las entidades federativas para la eficaz y eficiente planeación, operación y seguimiento del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS). Planeación de proyectos FAIS: Proceso previo a la ejecución de obras que realizan los gobiernos locales y de las entidades federativas, en el cual, se identifican y priorizan las principales necesidades de infraestructura social básica en coordinación con la ciudadanía; tomando en cuenta la normativa establecida en los presentes lineamientos, el IAPRS, los recursos disponibles, la factibilidad técnica y financiera para su ejecución. El registro de la planeación de proyectos deberá realizarse en la plataforma MIDS y pasará por una revisión técnica-normativa por parte de Bienestar para llevar a cabo el reporte trimestral a la Unidad de Evaluación del Desempeño de la Secretaría de Hacienda. c) Lo anterior no es contrario a la autonomía del Ayuntamiento para reconocer las necesidades de la población y este tener facultades para registrar el proyecto, por lo que sigue siendo una facultad del Ayuntamiento según el artículo 78 Bis C de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa. Corresponde a los Ayuntamientos la aprobación, ejercicio y vigilancia del Presupuesto de Egresos Municipales. d) Ahora bien, a efecto de conocer cuáles son las obras que se registraron mediante FAIS 2023 comparta el Nombra del Proyecto y la Clave que permite la búsqueda y confirmación en la pagina de https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/Obra-Publica-Abierta e) Por otro lado, solicito presenta copia certificada del registro y rechazo de la obra de Recoveco que según señala se reasigno por un criterio del FAIS. Dicho registro y rechazo debe provenir del sitio oficial MIDS: La Matriz de Inversión para el Desarrollo Social, es la plataforma digital diseñada por Bienestar, a través de la cual los gobiernos locales y de las entidades federativas realizan la planeación de obras y acciones con recursos del FAIS, así como el seguimiento de Participación Social y Cédulas de Verificación y Seguimiento. f) Que se presente informe de cada uno de los miembros del cabildo que son parte sub comité de desarrollo social del municipio. g) Reitero, el 6 de octubre de 2023 se proporcionó Programa Anual de Obra en el que se etiquetaba como recurso municipal los 2.5 millones para la comunidad de Recoveco. Otros datos4) En relación al oficio 0174/2024, signado por el Lic. Eduardo Daniel Robles Sánchez, el cual da respuesta a: Presentar el acta o punto de acuerdo de aprobación del cabildo por la que se “tomó la decisión” de utilizar el recurso en otras localidades, así como presentar la evidencia de ese recurso ejercido en los proyectos a los que se destinó el recurso relacionado con el etiquetado de obra para la comunidad de Recoveco en 2023. a) Sobre la respuesta en la que menciona que y cito… “… no es facultad del pleno del cabildo municipal reasignar recursos en los ramos federales para obra pública, ya que esto es facultad del sub comité de desarrollo social del municipio el cual está integrado por miembros del cabildo”, quiero aclararle y en consecuencia a la aseveración del Tesorero en oficio 248/2024 sobre que el recurso federal al que señalan es el del FAIS (R33) las reglas de operación de este recurso queda publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2023 mediante el acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, del que podemos rescatar varios puntos: b) El objeto de los lineamientos generales, establece que: Normar los mecanismos, procedimientos, responsabilidades, plazos, formatos oficiales a utilizarse en los procesos y el catálogo de obras, acciones, gastos indirectos y Programa de Desarrollo Institucional Municipal y de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México (PRODIM) que deben observar los gobiernos locales y de las entidades federativas para la eficaz y eficiente planeación, operación y seguimiento del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS). Planeación de proyectos FAIS: Proceso previo a la ejecución de obras que realizan los gobiernos locales y de las entidades federativas, en el cual, se identifican y priorizan las principales necesidades de infraestructura social básica en coordinación con la ciudadanía; tomando en cuenta la normativa establecida en los presentes lineamientos, el IAPRS, los recursos disponibles, la factibilidad técnica y financiera para su ejecución. El registro de la planeación de proyectos deberá realizarse en la plataforma MIDS y pasará por una revisión técnica-normativa por parte de Bienestar para llevar a cabo el reporte trimestral a la Unidad de Evaluación del Desempeño de la Secretaría de Hacienda. c) Lo anterior no es contrario a la autonomía del Ayuntamiento para reconocer las necesidades de la población y este tener facultades para registrar el proyecto, por lo que sigue siendo una facultad del Ayuntamiento según el artículo 78 Bis C de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa. Corresponde a los Ayuntamientos la aprobación, ejercicio y vigilancia del Presupuesto de Egresos Municipales. d) Ahora bien, a efecto de conocer cuáles son las obras que se registraron mediante FAIS 2023 comparta el Nombra del Proyecto y la Clave que permite la búsqueda y confirmación en la pagina de https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/Obra-Publica-Abierta e) Por otro lado, solicito presenta copia certificada del registro y rechazo de la obra de Recoveco que según señala se reasigno por un criterio del FAIS. Dicho registro y rechazo debe provenir del sitio oficial MIDS: La Matriz de Inversión para el Desarrollo Social, es la plataforma digital diseñada por Bienestar, a través de la cual los gobiernos locales y de las entidades federativas realizan la planeación de obras y acciones con recursos del FAIS, así como el seguimiento de Participación Social y Cédulas de Verificación y Seguimiento. f) Que se presente informe de cada uno de los miembros del cabildo que son parte sub comité de desarrollo social del municipio. g) Reitero, el 6 de octubre de 2023 se proporcionó Programa Anual de Obra en el que se etiquetaba como recurso municipal los 2.5 millones para la comunidad de Recoveco. Respuesta del día09/04/2024Texto de respuestaEstimado Solicitante Presente. - Con fundamento en el artículo 136 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa se da respuesta a su solicitud de información la cual se adjunta en esta misma plataforma (PNT) y se le hace llegar de igual manera por el medio que especifica la solicitud (conuelob462@gmail.com). Sin otro particular quedamos a sus apreciables órdenes para cualquier duda y/o comentario que desee realizar al respecto. ATTE Unidad de transparencia Del H. Ayuntamiento del Municipio de MocoritoArchivo adjuntoDescargarFolioSIN-IP-250485700004424

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaSiRespuestaInformación disponible vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta10/04/2024Fecha solicitud término09/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deSinaloaSector de la dependenciaAyuntamientos