San Luis Potosí - INSTITUTO DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO DEL ESTADO DE S.L.P. (ICAT) - (SLP)
Solicitud del día 11/03/2024 a la dependencia San Luis Potosí - INSTITUTO DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO DEL ESTADO DE S.L.P. (ICAT) - (SLP) del órgano San Luis Potosí
Descripcióncopia digital de actas o acuerdos de los Finiquitos que se le han pagado a los servidores públicos, Erogados por la dependencia durante Septiembre 2021 a Febrero 2024, testando datos personales de los involucrados. Anexar copia digital.Respuesta del día02/04/2024Texto de respuestaC. Justicia Social PRESENTE En atención a su solicitud de información, se hace de su conocimiento que la misma consiste en 97 documentos que constan en 474 fojas útiles, mismos que contienen datos personales, por lo que su reproducción se hizo a través de la generación de copias certificadas en versión pública, cuya entrega a través de la Plataforma Nacional de Transparencia sobrepasa las capacidades tecnológicas de dicha plataforma y hace imposible su envío en razón del volumen de datos (GB). ES por lo anterior que se pone a su disposición dicha información para su consulta en la Unidad de Transparencia de este Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de SLP, ubicada en calle Alpes 215, Fracc. Alpes, 78295, San Luis Potosí, SLP, en un horario de 10:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes. Así mismo se hace de su conocimiento el necesario pago previo de derechos por la cantidad de $56608.40 cincuenta y seis mil seiscientos ocho pesos 40/100 MN, en razón de 1.1 UMA por foja, según lo dispuesto por el artículo 92 fracción III de la Ley de Hacienda del Estado de San Luis Potosí, que puede ser pagado en las Cajas Recaudadoras de la Secretaría de Finanzas de SLP o ventanilla del ICAT. Lo anterior con fundamento en los artículos 149 y 165 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de SLP y 134 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ARTÍCULO 149. De manera excepcional, cuando, de forma fundada y motivada, así lo determine el sujeto obligado, en aquellos casos en que la información solicitada que ya se encuentre en su posesión implique análisis, estudio o procesamiento de Documentos cuya entrega o reproducción sobrepase las capacidades técnicas del sujeto obligado para cumplir con la solicitud, en los plazos establecidos para dichos efectos, se podrán poner a disposición del solicitante los Documentos en consulta directa, salvo la información clasificada. ... Articulo 165.- Los sujetos obligados llevarán a cabo la reproducción y/o envío de la información solicitada, previo pago de los derechos correspondientes. ... Artículo 134. Los sujetos obligados establecerán la forma y términos en que darán trámite interno a las solicitudes en materia de acceso a la información. La elaboración de versiones públicas, cuya modalidad de reproducción o envío tenga un costo, procederá una vez que se acredite el pago respectivo. ... El valor de Unidad de Medida y Actualización UMA se fundamenta en el artículo 26, apartado B, penúltimo párrafo de la CPEUM; en el artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la CPEUM en materia de desindexación del salario mínimo, y en el artículo 23 fracción XX Bis del Reglamento Interior del INEGI.Archivo adjuntoDescargarFolioSLP-IP-240468624000005