San Luis Potosí - SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS (SEDUVOP) - (SLP)
Solicitud del día 19/04/2024 a la dependencia San Luis Potosí - SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS (SEDUVOP) - (SLP) del órgano San Luis Potosí
DescripciónRequiero información acerca de la obra reforzamiento y ampliación de la Torre 2 de la Facultad de Ciencias de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), en el campus Pedregal. Solicito documento que contenga la licitación de la obra, empresa, constructora o persona física a la que se le adjudicó la obra. Otros datosobraRespuesta del día06/05/2024Texto de respuestaEn respuesta a su solicitud de información presentada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia y el Sistema SISAI 2.0, la cual fue registrada con número de folio 240470324000042, de conformidad con lo establecido por el artículo 54 fracciones II y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente para el Estado de San Luis Potosí, derivado de las gestiones llevadas a cabo por esta Unidad de Transparencia, fue recibido el memorándum DGI/126/2024, mediante el cual la Dirección General de Infraestructura informó lo siguiente: “[…]Respecto a lo solicitado, “Requiero información acerca de la obra reforzamiento y ampliación de la Torre 2 de la Facultad de Ciencias de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), en el campus pedregal” (sic), se informa lo siguiente: En los edificios 2 y 3 de la facultad de Ciencias de la Universidad Autónoma de San Luis UASLP, refuerzo en la superestructura de los edificios como son las columnas, el refuerzo consiste en colocar placas de acero en diferentes espesores que van variando, utilizando una placa más gruesa en las columnas ubicadas en la planta baja variando hasta una placa de menor espesor en las columnas ubicadas a la altura media del edificio, además se colocaran elementos diagonales denominados disipadores de energía, estos disipadores de energía estarán colocados uniendo dos columnas de un marco de la planta baja en forma diagonal ascendente hacia el la izquierda y en las columnas del marco del siguiente nivel superior, el disipador de energía se colocara en dirección encontrada o sea en diagonal ascendente a la derecha y así sucesivamente hasta cubrir toda la altura del edificio, la conexión columna – disipadores será por medio de elementos metálicos unidos por medio de soldadura. Por lo que, de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de San Luis Potosí, en los que se establece que la información deberá presentarse en la modalidad en la que se encuentre, y que dicha obligación no implica su procesamiento, ni adecuación al interés del solicitante. “ARTICULO 59. Los sujetos obligados deben proporcionar la información solicitada en la modalidad en que se encuentre. Cuando la información requerida se encuentre en dos ó más tipos de formatos, el solicitante elegirá entre los formatos, para la entrega correspondiente” De igual manera se facilitó el acceso a la información en todo momento, sin que ello implique el procesamiento ni la adecuación de la misma al interés del solicitante, en términos del artículo 60 de la Ley en Materia: “ARTICULO 60. En la formulación, producción, procesamiento, administración, archivo y resguardo de la información debe atenderse al principio de la máxima publicidad, con el objeto de facilitar el acceso de cualquier persona a su conocimiento” La obligación de entregarla no implica el procesamiento, ni la adecuación de la información al interés del solicitante, salvo la producción de versiones públicas del documento. De conformidad al artículo 61 segundo párrafo de la Ley de Transparencia en el cual se establece: “ARTICULO 61. Los servidores públicos y las áreas de los sujetos obligados que formulen, produzcan, procesen, administren, archiven y resguarden información pública, son responsables de la misma y están obligados a permitir el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en los términos de esta Ley”. La obligación de los sujetos obligados de proporcionar información no comprende el procesamiento de la misma, ni el presentarla conforme al interés del solicitante . […] “ Sin más por el momento, quedamos a la orden. Unidad de Transparencia. Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas.Archivo adjuntoDescargarFolioSLP-IP-240470324000042