San Luis Potosí - SECRETARÍA PARTICULAR DEL C. GOBERNADOR - (SLP)

Solicitud del día 13/01/2024 a la dependencia San Luis Potosí - SECRETARÍA PARTICULAR DEL C. GOBERNADOR - (SLP) del órgano San Luis Potosí

DescripciónA las autoridades municipales de Matehuala les preguntamos respetuosamente: ¿Por qué contrataron a los Ciudadanos José Olimpo Silva Reyes y César Medellín Bernal sabiendo que el primero JOSR estaba con Dictamen Médico que se supone le impedía laborar? ¿Por qué el C. César Medellín fue contratado cuando también debía estar frente a grupo en la Escuela José Rosas Moreno? ¿Qué acaso no es un delito y fraude al erario público contratar a personas con licencia médica pues se sabe que el Señor José Olimpo Silva Reyes fue contratado CON INCAPACIDAD MÉDICA durante 2 años y medio por su gobierno sabiendo que tenía incapacidad médica? ¿Por qué no reportaron en su momento al SEER y a Gobierno del Estado el estatus médico de esta Persona pues está e hizo un robo al presupuesto Estatal y Municipal que bien pudo y puede ser utilizado a la educación? ¿A cuánto asciende el monto del pago que recibe el Señor José Olimpo Silva Reyes por parte de Presidencia Municipal? ¿Cuánto gasta del erario público estatal y municipal, el Señor José Olimpo Silva Reyes para las reuniones, fiestas y regalos u obsequios que da y ofrece a sus excompañeros de trabajo de la Escuela José Rosas Moreno y a diversas personas? ¿Cómo supervisan que los trabajadores del Municipio de Matehuala apliquen de manera transparente la aplicación de los recursos Municipales, Estatales y Federales en beneficio de la ciudadanía? ¿Cómo supervisan o verifican que los recursos recibidos por el municipio y el estado de San Luis Potosí sean aplicados de manera trasparente por el Ciudadano José Olimpo Silva Reyes? ¿Cada cuando o en qué tiempo, momento rinde cuentas el C. José Olimpo Silva Reyes acerca de la aplicación y uso de los recursos públicos recibidos? Al Gobernador del estado le preguntamos respetuosamente: ¿Tuvo Usted conocimiento que el Señor José Olimpo Silva Reyes trabajó con licencia médica engañando al SEER cometiendo un gran fraude, pues esta persona siguió percibiendo su sueldo, bonos, prestaciones, aguinaldos y no cualquier aguinaldo y sueldo, pago que por cierto sale de los recursos de los Potosinos que pagamos nuestros impuestos? ¿Qué medida puede Usted realizar para que los Señores José Olimpo Silva Reyes y César Medellín Bernal, regresen los pagos que recibieron engañando a los ciudadanos pues ambos estaban fuera de la ley siendo empleados en el Municipio de Matehuala, S.L.P y así el dinero recibido sea utilizado en la educación o en otros rubros? Al Honorable Congreso, ¿Qué acciones o leyes tienen para evitar que ciudadanos con Licencia Médica trabajen? ¿Qué medidas toman para que los recursos del Estado sean utilizados correctamente y que no exista la corrupción entre las dependencias como el SEER y la Presidencia de Matehuala se unieron presuntamente en un acto de corrupción y daño al erario público al permitir que estos sujetos mencionados robaran lo que es del pueblo? Agradecemos su honestidad para responder a nuestras preguntas ciudadanas y que los recursos sean aplicados en beneficio de todos y todas y no de unos tantos que cometen fraude al Estado. Respuesta del día18/01/2024Texto de respuestaSecretaría Particular Unidad de Transparencia Oficio No. SP/UT/010 /2024 C. Matehualenses por el correcto uso, aplicación de los rec públicos en beneficio de las y los niños Presente. Téngase por formando expediente administrativo con número 011/2024 derivado del Folio 240470624000011 solicitud de información presentada por el C. Matehualenses por el correcto uso, aplicación de los recursos públicos en beneficio de las y los niños recibida mediante la Plataforma Nacional de Transparencia el día 13 de Enero de 2024, por lo que una vez analizada su solicitud esta Unidad de Transparencia resuelve lo siguiente: Con fundamento en los artículos 2 fracción I, II, III, 3 fracción XV, XVI, XX, XXI, 5, 6, 7, 9, 10,11, 16,18, 19, 20, 21 54 fracción II, IV y V, 59, 60, 62, 149, 151, 152 y 153 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, se le informa que en lo que refiere a los cuestionamientos a las autoridades municipales de Matehuala y al H. Congreso del Estado no se encuentra dentro de las facultades, competencias o funciones de esta dependencia generar, crear y/o procesar dicha información, por lo que en base a los artículos 151 y 158 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí lo oriento a que dirija su solicitud al Municipio de Matehuala y al H. Congreso del Estado quienes son competentes para conocer del asunto. En cuanto lo que refiere en la segunda parte de su solicitud se le informa que no es materia de esta unidad, ya que no refiriere documento alguno si no cuestionamientos al funcionario en cuestión, se pone en conocimiento que los artículos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, en síntesis regula el derecho de todas las personas de acceder a la información pública en poder de los Entes Obligado y que esta información esencialmente es realizada en documentos o en cualquier soporte que respalde la información de los sujetos obligados, la cual deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones (artículo 18) la ley de la materia establece como requisito que ésta obre en posesión del Ente Obligado, es decir que se encuentre en sus archivos (artículo 151). Le informo que su escrito cae en el ámbito del artículo 8 constitucional derecho de petición por lo cual puede presentar un escrito libre en la Dirección de Gestión y Atención Ciudadana de esta Secretaria ubicada en Jardín Hidalgo No. 11, Palacio de Gobierno planta baja, código postal 78000, Colonia Centro Histórico de esta Ciudad de San Luis Potosí. Teléfono 444 144 26 13 Correo electrónico buzongobernador@slp.gob.mx Se le informa que el medio de defensa en caso de inconformidad relacionada con la respuesta a su solicitud, es interponer el Recurso de Revisión ante la CEGAIP, dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la presente respuesta, lo anterior de conformidad con los artículos 154 párrafo tercero, 163 y 166 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí. Atentamente Yazmin Guadalupe Saavedra Rodriguez Encargada de la Unidad de Transparencia de la Secretaría Particular del GobernadorArchivo adjuntoDescargarFolioSLP-IP-240470624000011

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta29/01/2024Fecha solicitud término18/01/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deSan Luis PotosíSector de la dependenciaPoder Ejecutivo