San Luis Potosí - SECRETARÍA PARTICULAR DEL C. GOBERNADOR - (SLP)
Solicitud del día 19/06/2024 a la dependencia San Luis Potosí - SECRETARÍA PARTICULAR DEL C. GOBERNADOR - (SLP) del órgano San Luis Potosí
Descripción1.- Favor de informar todos los vehículos registrados con placas del estado, favor de desglosar marca, placa, año, modelo, color, numero de serie, numero de puertas, tipo del vehículo, si es importado o nacional y si es para algún servicio publico informarlo, sexo del propietario y sus iniciales así como el sexo e iniciales del conducto habitual, también desglosar por municipio, colonia y calle. 2.- Favor de informar todos los vehículos que están registrados en el estado con placas a nombre de una persona moral o asociación civil, favor de informar todos lo solicitado en el punto anterior y si es posible informar el nombre de la razón moral, o las iniciales de esta. 3.-Favor de informar el total de los adeudos pendientes derivado de obligaciones estatales desglosar rubros, y si cuenta con información sobre multas de transito municipales, informar, motivo, fecha, ubicación de la infraccion y monto por sanción o multa, desglosar por placa, marca, modelo, año, numero de serie, color, municipio, colonia y calle. 4.- Toda la información solicitada no es información con datos personales, 5.- Usted como encargado de la administración estatal tiene a sus disposición según los lineamientos jurídicos la obligación de tener o solicitar la información requerida para dar cumplimiento a dicha solicitud. 6.- si no es la autoridad favor de informar quien es la autoridad legalmente de tener dicha informacion solicitada.Respuesta del día24/06/2024Texto de respuestaCon fundamento en los artículos 2 fracción I, II, III, 3 fracción XV, XVI, XX, XXI, 5, 6, 7, 9, 10,11, 16,18, 19, 20, 21 54 fracción II, IV y V, 59, 60, 62, 149, 151, 152 y 153 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, se le informa que no se encuentra dentro de las facultades, competencias o funciones de esta dependencia generar, crear y/o procesar dicha Información por lo que en base a los artículos 151 y 158 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí lo oriento a que dirija su solicitud nuevamente a través de la Plataforma Nacional de Transparencia a la Secretaria de Finanzas del Estado, quien podría contar con la información solicitada o de manera presencial en el domicilio calle Madero No.100, Centro Histórico S.L.P. Teléfono: (444) 1440400 en un horario de Lunes a Viernes de 8:00 A 15:00 HRS correo electrónico transparencia@slpfinanzas.gob.mx. Aunado a lo anterior se le informa que la función constitucional en sentido general de la Secretaría Particular y en los términos del artículo siete de la ley Orgánica de la administración pública del Estado de San Luis Potosí comprende el de la atención tramite y acuerdos de los asuntos que corresponden a su despacho, por lo que no se tiene la atribución de sistematizar la información requerida debido a que existe únicamente la obligación legal y administrativa de contar con la documentación que pertenece a esta secretaría, el sujeto obligado solo proporcionara la información que obra en sus archivo, lo que a contario sensu significa que no se está obligado a proporcionar lo que no obre en sus archivos. Sirva de sustento para lo dicho el siguiente criterio que resulta aplicable al caso concreto y que se cita a continuación Suprema Corte de Justicia de la Nación Tesis 2a. I/92 de la octava época, visible en página 44 del Semanario Judicial de la Federación. …no significa que las autoridades queden eximidas de su obligación constitucional de informar en la forma y términos que establezca la legislación secundaria; pero tampoco supone que los gobernados tengan un derecho frente al Estado para obtener información en los casos y a través de sistemas no previstos en las normas relativas, es decir, el derecho a la información no crea en favor del particular la facultad de elegir arbitrariamente la vía mediante la cual pide conocer ciertos datos de la actividad realizada por las autoridades, sino que esa facultad debe ejercerse por el medio que al respecto se señale legalmente. Se le informa que el medio de defensa en caso de inconformidad relacionada con la respuesta a su solicitud, es interponer el Recurso de Revisión ante la CEGAIP, dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la presente respuesta, lo anterior de conformidad con los artículos 154 párrafo tercero, 163 y 166 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí.Archivo adjuntoDescargarFolioSLP-IP-240470624000042