San Luis Potosí - H.CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ - (SLP)

Solicitud del día 16/10/2024 a la dependencia San Luis Potosí - H.CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ - (SLP) del órgano San Luis Potosí

DescripciónQUIERO QUE ME INFORMEN POR ESTE MEDIO Y ME AMNDEN COPIA DE LA CLAUSURA QUE EFECTUO LA SECRETARÍA DE ECOLOGÍA Y GESTIÓN AMBIENTAL (SEGAM) AL MUNICIPIO DE SANTA MARIA DEL RIO, SAN LUIS POTOSI, EL MUNICIPIO ES UN COCHINERO HAY VARIOS BASUREROS NO AUTORIZADOS EN EL MUNICIPIO. -A CUANTO ASCIENDE LA DEUDA POR EL PAGO A TIRADERO DE PEÑASCO POR PARTE DEL MUNICIPIO DE SANTA MARIA DEL RIO, SAN LUIS POTOSI -PORQUE MOTIVOS EL HIJO DE LA PRESIDENTA ESTA UTILIZANDO LAS INSTLACIONES DEL DIF MUNCIPAL DE SANTA MARIA DEL RIO, COMO OFICINAS DE LA SECRETARIA DEL BIENESTAR FEDERALRespuesta del día17/10/2024Texto de respuestaCon fundamento en lo establecido por el artículo 158 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí; en respuesta a su solicitud de información pública por medio de la Plataforma “SISAI 2.0”, con número de Folio 240471423000179 de fecha 16 de octubre de 2024, la cual se registró en esta Unidad de Transparencia con el número 023/24, hacemos de su conocimiento que esta información no corresponde al Poder Legislativo, sino a la Secretaria de Ecología y Gestión Ambiental de San Luis Potosí (CEGAM), y al H. Ayuntamiento de Santa María del Rio, tal como hace mención en su petición, “Quiero que me informan por este medio y me manden copia de la clausura que efectuó la Secretaria de Ecología y Gestión Ambiental (SEGAM) al Municipio de Santa María del Rio, San Luis Potosí, el municipio es un cochinero hay varios basureros no autorizados en el municipio”, por lo que se le orienta para que realice su petición a la Secretaria de Ecología y Gestión Ambiental, que tiene su domicilio en Juan de Oñate 745, Jardín Fundadores, San Luis Potosí, S.L.P., teléfono 444 151 0609 Lo anterior, de acuerdo a lo establecido por la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, en su Artículo 3°, fracción “LVIII: La Secretaria de Ecología y Gestión Ambiental Ambiental: la autoridad administrativa dependiente del Poder Ejecutivo del Estado, encargada entre sus funciones, de formular, conducir y evacuar la política ambiental en la entidad, según los términos previstos en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado.” A continuación, le proporciono el hipervínculo electrónico de la página de la SEGAM, y de la Ley Ambiental del Estado de San Luis potosí, para su consulta. http://slp.gob.mx/segam/Paginas/Tramites.aspx http://congresosanluis.gob.mx/sites/default/files/unpload/legislacion/leyes/2024/09/Ley_Ambiental_del_Estado_de_san_Luis_Potosi_05_Sept_2024.pdf En cuanto a los cuestionamientos de: - “A cuánto asciende la deuda por el pago a tiradero de peñasco por parte del Municipio de Santa María del Rio, San Luis Potosí. - Porque motivos el hijo de la Presidenta está utilizando las instalaciones del DIF Municipal de Santa María del Rio, como oficinas de la Secretaria del Bienestar Federal.” Le informo que esta información no corresponde al Poder Legislativo, sino al H. Ayuntamiento de Santa María del Rio, que tiene su dirección en Miguel Hidalgo I Costilla No. 1, Centro, Santa María del Rio San Luis Potosí. Teléfono 485 853 0166 Lo anterior, de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 3, de la Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí. https://congresosanluis.gob.mx/sites/default/files/unpload/legislacion/leyes/2024/01/Ley_Organica_del_Municipio_Libre_del_Estado_18_Diciembre_2023.pdf “ARTICULO 3°. El Municipio Libre es una entidad de carácter público, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios; autónomo en su régimen interior y con libertad para administrar su hacienda conforme a las disposiciones constitucionales y a esta Ley.” Dicha petición, la puede realizar por la Plataforma Nacional de Transparencia, “SISAI 2.0”. https://www.plataformadetransparencia.org.mx/ Así mismo y en atención a lo establecido en el tercer párrafo del artículo 154 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se hace de su conocimiento que, para cualquier inconformidad relacionada con la respuesta a su solicitud de información, puede interponer recurso de revisión ante la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) en un plazo que no exceda 15 días hábiles, conforme a lo que establecen los artículos, 166 y 167 de la ley citada. En espera de cumplir con las expectativas de su petición, reitero la disposición para servirle. Archivo adjuntoDescargarFolioSLP-IP-240471424000179

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaIncompetenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta30/10/2024Fecha solicitud término17/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deSan Luis PotosíSector de la dependenciaPoder Legislativo