San Luis Potosí - MUNICIPIO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ - (SLP)
Solicitud del día 12/04/2024 a la dependencia San Luis Potosí - MUNICIPIO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ - (SLP) del órgano San Luis Potosí
DescripciónRequiero copia del curriculum vitae del Titular de Transparencia, Titulo y Cedula Profesional, capacitaciones recibidas en el periodo 2021 a 2024, así mismo, requiero el nombre completo de todos y cada uno de los servidores publicos que se encuentran o forman parte de la Unidad de Transparencia, así como los recibos de pago de cada uno de ellos, el sueldo que perciben, fecha de ingreso, y si han tenido cambios en sus remuneraciones, todos ellos del 2021 al 2024; así mismo, requiero copia de la base de datos del personal que ha pertenecido a la Unidad de Transparencia del año 2021 al 2024, si estan laborando actualmente cuando ingresaron, y en caso de ya no laborar cual fue la fecha de baja, asi mismo, copia de los finiquitos que se hubieren otorgado al personal que ya no se encuentre trabajando al area de transparencia, y que formo parte del año 2021 al 2024Respuesta del día25/04/2024Texto de respuestaC.-SANTIAGO NIETO UT/070/04/2024 P R E S E N T E.- De conformidad con lo preceptuado en el artículo 6° de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 17 de la Constitución Política del Estado, y en concatenación con el artículo 1° párrafo segundo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se tiene a bien dictar lo siguiente. VISTO: los presentes autos que se formaron con motivo de su solicitud de información recibida por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), con número de folio ya señalados en el proemio de este proveído y de conformidad con los artículos 3 fracción XIV, 54 fracciones II, IV Y V, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es que registro bajo el consecutivo mencionado al inicio. En ese orden de ideas, es que se giró oficio al área administrativa competente para atender su solicitud de información, esto de conformidad con el artículo 153 de Ley de Transparencia, así mismo se recibió en esta oficina el oficio MSGS/RH/046/04/2024, MSGS/RH/046/04/2024 Firmado por el titular de TESORERIA Y RECURSOS HUMANOS , respectivamente; el cual da contestación a la solicitud de información pública y dicha respuesta versa de lo siguiente: TESORERIA Respecto a la información a la que desea acceder y que de manera textual usted refiere como: “Requiero copia del curriculum vitae del Titular de Transparencia, Título y Cédula Profesional, capacitaciones recibidas en el periodo2021 a 2024, así mismo, requiero el nombre completo de todos y cada uno de los servidores públicos que se encuentra o forman parte de la Unidad Transparencia, así como los recibos de pago de cada uno de ellos, el sueldo que perciben, fecha de ingreso y si han tenido cambios en sus remuneraciones, todos ellos del 2021 al 2024: así mismo , requiero copia de la base de datos del personal que ha pertenecido a la Unidad de Transparencia del año 2021 al 2024, si están laborando actualmente, cuando ingresaron y en caso de no laborar cual fue la fecha de baja, así mismo, copia de los finiquitos que se hubieren otorgado al personal que ya no se encuentre trabajando al área de transparencia, y que formó parte del año 2021 al 2024” Le hago saber que, ésta Dirección a mi cargo no archiva los documentos tal y como el contribuyente requiere, ya que es el departamento de Recursos Humanos el indicado para procesar y salvaguardar la información solicitada, esto con fundamento en él y artículo 57 del Reglamento Interno de este H. Ayuntamiento. Es importante señalar que de conformidad con el CRITERIO SO/003/2017 emitido en el INAI se establece la NO OBLIGACIÓN de generar documentos “ad hoc”; dicho criterio es citado a continuación: “No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información. Los artículos 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 130, párrafo cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalan que los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar, de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre. Por lo anterior, los sujetos obligados deben garantizar el derecho de acceso a la información del particular, proporcionando la información con la que cuentan en el formato en que la misma obre en sus archivos; sin necesidad de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información.” Esta solicitud de acceso a la información se atendió en términos de lo dispuesto por el artículo 3°, fracción XIII, 60, 61,151 y 154 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, que establecen la obligación de entregar la información que obra en poder de los entes obligados, de un hecho o acto del pasado o del presente, conformeArchivo adjuntoDescargarFolioSLP-IP-240475024000070