San Luis Potosí - MUNICIPIO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ - (SLP)
Solicitud del día 13/10/2024 a la dependencia San Luis Potosí - MUNICIPIO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ - (SLP) del órgano San Luis Potosí
DescripciónQUIERO INFORMACION SOBRE LAS FUNCIONES DE LA DIRECCION JURIDICA Y EL AREA DE INFORMATICA DEL AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD; EN EL CASO DEL DEPARTAMENTO DE INFORMATICA, REQUIERO ADEMAS DE SUS FUNCIONES, SU MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Y/O ORGANIZACION EN FORMATO PDF, ASI COMO SU REGLAMENTO INTERNO. GRACIAS DE ANTEMANORespuesta del día22/10/2024Texto de respuesta C. MARGARITA OVALLE UT/110/10/2024 P R E S E N T E.- De conformidad con lo preceptuado en el artículo 6° de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 17 de la Constitución Política del Estado, y en concatenación con el artículo 1° párrafo segundo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se tiene a bien dictar lo siguiente. VISTO: los presentes autos que se formaron con motivo de su solicitud de información recibida por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), con número de folio ya señalados en el proemio de este proveído y de conformidad con los artículos 3 fracción XIV, 54 fracciones II, IV Y V, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es que registro bajo el consecutivo mencionado al inicio. En ese orden de ideas, es que se giró oficio al área administrativa competente para atender su solicitud de información, esto de conformidad con el artículo 153 de Ley de Transparencia, así mismo se recibió en esta oficina el oficio MSGS/DJ/SN/2024, MSGS/CIN/0004/2024 ; Firmado por el titular del AREA JURIDICA E INFORMATICA, respectivamente El cual da contestación a la solicitud de información pública y dicha respuesta versa de lo siguiente: DIRECCION JURIDICA hago de su conocimiento que las funciones de la Dirección Jurídica de este ente municipal se encuentran contenidas en el Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal en el artículo 39 y que puede ser localizado en la página de internet file:///C:/Users/Personal/Desktop/tabuladores%20soledad/interno_administracion_publica.pdf Dicho numeral al efecto señala: Artículo 39.- Son funciones de la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL: I. Proporcionar asesoría y apoyo legal a los órganos Auxiliares del Presidente Municipal y a los diversos Órganos de la Administración Pública Municipal la substanciación jurídica deprocedimientos que aplican para ejercer su autoridad en la rama correspondiente e instrumental las acciones jurídicas que resulten pertinentes y procedentes para la defensa de los intereses del H. Ayuntamiento bajo el mando directo de la Secretaría General. A petición del Secretario General, auxiliar también en la elaboración de dictámenes a las comisiones permanentes de los H. Ayuntamiento, revisión de las actas de cabildo; revisión de los acuerdos de cabildo que fueren canalizados a las diversas instituciones de Gobierno, así como a los particulares, para su seguimiento e informar al Secretario General del trámite de los mismos. II. Formular, estructurar y redactar los proyectos de iniciativas, reformas y adecuaciones de leyes y reglamentos municipales, estatales y federales a partir del análisis de la problemática administrativa y jurídica que se desarrolle en el ejercicio de las atribuciones del H. Ayuntamiento y de la Administración Pública Municipal, así como de las necesidades que le sean expuestas por sus diversos organismos. III. Formular y fundamentar los proyectos de contratos, convenios y fideicomisos que celebren el H. Ayuntamiento, los órganos Auxiliares del Presidente Municipal y a los diversos Órganos de la Administración Pública Municipal. IV. Asesorar legalmente a las dependencias municipales que lo requieran en las actividades que desarrollan, con el fin de orientarlas en el ejercicio de atribuciones y facultades señaladas en los ordenamientos legales correspondientes. V. Auxiliar en la compilación de ordenamientos jurídicos que norman la actuación del H. Ayuntamiento, así como en la edición de compendios de las mismas. VI. Integrar, organizar y resguardar los expedientes de asuntos legales que se encuentren en proceso, así como turnar aquellos que se encuentren en proceso, así como turnar aquéllos que se encuentren inactivos o sobre los cuales haya recaído resolución firme de autoridad competente al Archivo General del H. Ayuntamiento, llevando puntual registro de ello. VII. Atender los litArchivo adjuntoDescargarFolioSLP-IP-240475024000110