San Luis Potosí - CONSEJO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE SAN LUIS POTOSÍ (CEEPAC) - (SLP)
Solicitud del día 16/01/2024 a la dependencia San Luis Potosí - CONSEJO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE SAN LUIS POTOSÍ (CEEPAC) - (SLP) del órgano San Luis Potosí
DescripciónConsejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí Paloma Blanco López. Presidenta. C.C.Jesús Chevaile Abad. Órgano de Control Interno C.C.Dirección Recursos Humanos Asunto: Solicitud de Información de Requisitos de Contratación y Filiación Partidistas del Personal del CEEPAC Me dirijo a ustedes con el propósito de solicitar información en relación con los procesos de contratación y afiliación partidista del personal que labora en el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC). La presente solicitud se fundamenta en el ejercicio del derecho a la información establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí A continuación, detallo los puntos específicos de mi solicitud: 1. Solicito, conocer los requisitos legales y administrativos que se exigen para la contratación de personal en cada una de las modalidades disponibles en el CEEPAC, tales como confianza, base, eventual, por honorarios, etc.(todas las que utilicen). 2. Obtener información acerca del número de personas contratadas por cualquier modalidad (confianza, base, eventual, por honorarios, etc.) que sean militantes de partido político nacional y/o estatal (local). 3. En caso de existir militantes de partidos políticos entre el personal del CEEPAC, requiero conocer a qué partido pertenecen. Esta información resulta relevante y de interés público, ya que, como funcionarios electorales, es indispensable garantizar la imparcialidad y evitar cualquier intervención a favor de alguna fuerza en disputa. Esto contrasta con los requisitos que se solicitan para contratar a las personas de comités y comisiones, supervisores y capacitadores, así como las personas del SPEN, a quienes se les exige la NO militancia e incluso se les obliga a presentar comprobante de no pertenecer a partidos políticos. ¿Cuál es la justificación para hacer esta diferenciación? ¿Existen empleados de primera y de segunda en el CEEPAC? Agradezco de antemano su colaboración y pronta respuesta a esta solicitud de información. La transparencia y acceso a la información son elementos fundamentales para fortalecer la confianza de la ciudadanía en las instituciones encargadas de velar por la democracia. Quedo a la espera de su respuesta verídica en el plazo establecido por la normativa vigente. Otros datosLa verificación de la militancia de partido de la totalidad de su personal se puede realizar en: https://www.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos-nacionales/padron-afiliados/Respuesta del día30/01/2024Texto de respuestaEn atención a su solicitud de información recibida vía PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA con número de folio 240477424000010, quedando registrada en esta Unidad de Transparencia con número de expediente CEEPAC/UIP/004/INF/010/2024 donde el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana figura como ente obligado, recibida en esta Unidad de Transparencia con fecha 16 de enero de 2024, una vez que se ha revisado y analizado el contenido de su solicitud y turnado a la Dirección de Recursos Humanos de este órgano electoral, área competente para dar respuesta, se hace de su conocimiento la información que remite a esta Unidad de Transparencia por medio de memorando que se anexa al instructivo de notificación adjunto.Archivo adjuntoDescargarFolioSLP-IP-240477424000010